Regl. 5864, art. 2

Enm. Regl. Interno Junta: dispone que las Reuniones Ordinarias de la Junta se llevarán a cabo con regularidad y que las mismas se anunciarán con 15 días de antelación, en lugar de el primer martes de cada mes.

Length: 4 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5864, Art. 2

Poder de Reglamentación 1
Regl. 5864, art. 2: Enm. Regl. Interno Junta: dispone que las Reuniones Ordinarias de la Junta se llevarán a cabo con regularidad y que las mismas se anunciarán con 15 días de antelación, en lugar de el primer martes de cada mes. | Justis AI