Regl. 2334, art. 1905.14

ACCION SOBRE SOLICITUDES

Last amended: 1905Length: 215 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2334, Art. 1905.14

(a) Solicitudes defectuosas. (1) Si una solicitud radicada a tenor con las Secciones 1905. 10 -10-(a) (a), 1905.11(a), 0 1905.13 no se ajusta a la sección aplicable, el Secretario podrá denegar la solicitud. (2) Se notificará prontamente al peticionario de la denegación de la solicitud. (3) Una notificación de la denegación incluirá 0 estará acompañada de una declaración breve de los fundamentos para la denegación. (4) Una denegación de una solicitud conforme a este párrafo será sin perjuicio para la radicación de otra solicitud. (b) Solicitudes adecuadas. (1) Si una solicitud no ha sido denegada conforme al párrafo (a) de esta sección, el Secretario hará que se publique en dos (2) periódicos de circulación general una notificación de la radicación de la solicitud la cual será pagada por el peticionario. (2) Una notificación de la radicación de una solicitud incluirá: (i) los términos, o un resumen preciso de la solicitud; (ii) una referencia a la sección de la Ley bajo la cual la solicitud ha sido radicada; (iii) una invitación a las personas interesadas a someter dentro de un periodo de tiempo establecido, datos, apuntes, información escrita, puntos de vista o argumentos relacionados con la solicitud; y (iv) información a los patronos y empleados afectados sobre cualquier derecho a pedir una vista sobre la solicitud.
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