Regl. 5880, art. 2-7

Facilidad Nueva. Facilidad Nueva significa un

Length: 239 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5880, Art. 2-7

negocio que califique como una Facilidad Exenta que no esté operando al momento que se radique la solicitud de certificación bajo la Sección 3 de este Reglamento, cuyo costo total exceda de quinientos mil dólares ($500,000), y que utilizará facilidades físicas y maquinaria que no hayan sido utilizadas en una facilidad de disposición y/o tratamiento de desperdicios sólidos durante el período de dieciocho (18) meses anteriores a la fecha de radicación de la solicitud. En el caso de aquellos negocios elegibles que vayan a utilizar facilidades físicas O maquinaria que no han sido utilizadas en una facilidad de disposición y/o tratamiento de desperdicios sólidos durante un término no menor de doce (12) meses previos a la radicación de una solicitud, el Director Ejecutivo podrá relevarlos del cumplimiento del mencionado requisito de dieciocho (18) meses cuando a su discreción los mejores intereses de Puerto Rico así lo requieran. Asimismo, se -4- considerará también como Facilidad Nueva a todo negocio que, aunque haya sido utilizado como una facilidad de disposición y/o tratamiento de desperdicios sólidos durante el referido período de dieciocho (18) meses, sea adquirido con el propósito de ser sometido a una renovación de tal magnitud, incluyendo maquinaria y equipo, que su costo excederá del doscientos por ciento (200%) del precio de compra del negocio, siempre y cuando dicha cantidad se invierta en su totalidad dentro del período de veinticuatro (24) meses de la fecha de la adquisición del mismo.
Regl. 5880, art. 2-7: Facilidad Nueva. Facilidad Nueva significa un | Justis AI