Regl. 5880, art. 8 dup2

Informes Anuales al Secretario. No más tarde del

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Cite as Reglamento Núm. 5880, Art. 8 dup2

31 de enero de cada año el Director Ejecutivo enviará al Secretario una relación de las personas, naturales y/o jurídicas, que obtuvieron certificaciones de Facilidades Exentas bajo la Ley durante el año anterior, su número de seguro social, y el monto del crédito por inversión al cual tienen derecho los socios O accionistas en dicha Facilidad Exenta según la certificación. Asimismo, el Director Ejecutivo informará también al Secretario de toda cesión de -25- crédito por inversión en una Facilidad Exenta que le haya sido notificada durante el año anterior.
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