Regl. 5880, art. 8 dup2
Informes Anuales al Secretario. No más tarde del
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Cite as Reglamento Núm. 5880, Art. 8 dup2
31 de enero de cada año el Director Ejecutivo enviará al
Secretario una relación de las personas, naturales y/o
jurÃdicas, que obtuvieron certificaciones de Facilidades
Exentas bajo la Ley durante el año anterior, su número de
seguro social, y el monto del crédito por inversión al cual
tienen derecho los socios O accionistas en dicha Facilidad
Exenta según la certificación. Asimismo, el Director
Ejecutivo informará también al Secretario de toda cesión de
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crédito por inversión en una Facilidad Exenta que le haya sido
notificada durante el año anterior.