Regl. 5894, art. XX-XIV

Asesoramiento a los Recintos y Unidades

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Cite as Reglamento Núm. 5894, Art. XX-XIV

Se autoriza al Presidente de la Universidad de Puerto Rico a crear una Oficina a nivel central para asesorar y orientar a las unidades institucionales autónomas, en cuanto al desarrollo de los Planes de Práctica Universitaria Intramural. El presupuesto operacional de la oficina mencionada en el párrafo anterior y cualquier otro gasto relacionado con el desarrollo de este proyecto, se nutrirá de las aportaciones al Fondo General de la Universidad de Puerto Rico que realicen los distintos Planes de Práctica Universitaria Intramural que se autoricen. El funcionario que designe el Presidente de la Universidad de Puerto Rico para dirigir dicha oficina, actuará además como Secretario de la Junta Asesora al Presidente sobre Planes de Práctica Universitaria Intramural.
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