Regl. 5894, art. XX-XIV
Asesoramiento a los Recintos y Unidades
Cite as Reglamento Núm. 5894, Art. XX-XIV
Se autoriza al Presidente de la Universidad de Puerto Rico a crear una Oficina a nivel central para
asesorar y orientar a las unidades institucionales autónomas, en cuanto al desarrollo de los Planes de
Práctica Universitaria Intramural.
El presupuesto operacional de la oficina mencionada en el párrafo anterior y cualquier otro gasto
relacionado con el desarrollo de este proyecto, se nutrirá de las aportaciones al Fondo General de la
Universidad de Puerto Rico que realicen los distintos Planes de Práctica Universitaria Intramural que se
autoricen. El funcionario que designe el Presidente de la Universidad de Puerto Rico para dirigir dicha
oficina, actuará además como Secretario de la Junta Asesora al Presidente sobre Planes de Práctica
Universitaria Intramural.