Regl. 5894, art. XX-XVI

Evaluación del Impacto de los Planes de Práctica sobre los Aspectos Académicos

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Cite as Reglamento Núm. 5894, Art. XX-XVI

La participación del personal docente en los Planes de Práctica Universitaria Intramural no podrá representar un menoscabo de la actividad académica del Recinto 0 Unidad Institucional. En ningún caso dicha participación se hará en conflicto con o a expensas del fiel descargue de las responsabilidades que el Reglamento General de la Universidad establece como inherentes a la docencia, especialmente la continuada excelencia en la enseñanza y la atención a las tareas necesarias para el buen funcionamiento de los departamentos y las facultades. Se estimulará, además, la más amplia participación estudiantil en funciones que contribuyan a su educación y adiestramiento. Página 9 Las Oficinas de Asuntos Académicos de las distintas unidades del Sistema que participen en el Programa de Plan de Práctica Universitaria Intramural, en consulta con las Oficinas de Asuntos Académicos de la Administración Central, establecerán los mecanismos necesarios para efectuar esta evaluación.
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