Regl. 5896, art. 11
Canon Mensual de Arrendamiento de Equipo
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Cite as Reglamento Núm. 5896, Art. 11
El canon mensual de arrendamiento por el equipo, se pagará por adelantado y se
determinará de acuerdo a la tarifa uniforme establecida por la Autoridad de Desperdicios
Sólidos, salvo los municipios y otras agencias quienes realizarán el correspondiente pago
previa factura recibida por la Autoridad desglosando el canon adeudado por el mes
correspondiente.