Regl. 589, art. I
TÃtulo:
Cite as Reglamento Núm. 589, Art. I
Este Reglamento se denominará y conocerá como
ol Reglamento General de Seguridad e ligione Industrial.
Las Reglas aqui contenidas se han establecido de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley #112 aprobada el 5 de
mayo de 1939, según quedó enmendada por la Ley #37 de 26
de abril de 1945 y por la Ley #96 de 25 de junio de 1958
y de acuerdo con el Plan de Reorganización 13, de 1950
preparado por el Gobernador y enviado al Senado y a la
Camara de Representantes reunidos en sesione 17 de
febrero de 1950, de acuerdo con las disposiciones de la
Ley de Reorganización de 1949, segán enmendada y de
acuerdo con la Ley #112 aprobada en 30 de junio de 1957
y de acuerdo con la Ley #45 de abril 18 de 1935 segin
fué enmendada en su artÃculo 6 por la Ley #94 de 22 de
junio de 1957, y se dictan estas Reglas con el propósito
de promover la seguridad y el bienestar comin modiante
requisitos que protejan y guranticen la vida y salud de
los traba jadores, asà como la estabilidad, salubridad y
propiedad en los sitios de empleo.
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