Regl. 589, art. VIII-8

ESCALAS FIJAS. PASADIZOS. VIAS

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Cite as Reglamento Núm. 589, Art. VIII-8

Y PLATAFORMAS ELEVADAS - A - Escalas Fijas - 1. La inclinación o declve de las escalas fijas deberá ser de 76 a 90 grados. (Figura #11). 2. La distancia mínima desde el frente del peldano, per el lado de ascense ydescenso de la escala, hasta el punto (pared, viga, u otros), más próximo a dicho frente, deberá ser de 36 pulgadas para una inclinación de 76 grados y de 30 pulgadas para una inclinación de 90 grades; Disponiendose, que para inclinaciones intermedias esta distancia variará proporcionalmente de -16- acuerdo con la inclinación de la escala. (Figura #1). Excepsion: Las escalas cubiertas con jaula u otro dispositive equivalente. 3. Deberá haber un espacio libre mínimo de 15 pulgadas a ambos lados del eje 0 centro de la escala, excepto en aquella escala que está provista de una jaula u etro dispositive equivalente. " La distancia libre entre la parte posterior de cualquier peldano y el punto (pared, viga и otros), más próximo a dicha parte deberá ser de por lo menos 7 pulgadas. (Figura #12). 5. La distancia libre desde el eje longitudinal o linea central de la barra de agarre hasta el punto posterior fijo (pared, viga и otros) wás próximo deberá ser no menor de 4 pulgadas. 6. La distancia horizontal entre la escala y el borde de la plataforma o estructura a la cual da acceso la escals, no deberá ser mayor de 12 pulgades ni menor de 2-1/2 pulgadas. (Figura #12). 7. Todo peldaño deberá tener un diámetro mínimo de 3/4 de pulgadas, si es de metal, y diámetro mínimo de 1-1/8 pulgadas si es de maders. -17- Excepeion: Les peldanos de metal empotrados individualmente en hormigón, y que den access a poses de registros и otros sities donde la atmósfera cause corresión y enmohecimiento, deberán aumentarse hasta un diámetro mínimo de 1 pulgada o ser pintadas o tratadas de manera que puedan resistir la corrosión y el enmohecimiente. 8. Las escalas de metal deberán pintarse o tratarse de manera que puedan resistir la corrosión y enmohecimiento ai la atmósfera donde están localizadas así lo requiere. 9. Las escalas de madera localizadas on sitios donde están sujetas a podrirse deberán ser tratadas con preservatives no irritantes o evitarse la acumulación de agua en las partes de madera. 10. La distancia entre los peldaños no deberá ser mayor de 12 pulgadas y deberá ser uniforme on toda la escala. (Figura #1). 11. 81 largo libre de los peldanos no deberá ser menor de 16 pulgadas y no deberá tener astillas, bordes -18- fileses, rebabas o protuberancias que puedan constituir un riesgo de accidentes. (Figura #1). 12. Toda escala que suba a alturas mayores de 20 pies y que están provistas de una jaula u otro dispositive equivalente, deberá tener descansos a intervalos no mayores de 30 pies. Cuando RO as provea una jaula u otro dispositivo equivalente, les descansos deberán estar a intervales no mayores de 20 pies. (Figuras #s. 13 y 16). Excepción: Las escalas de chimeneas. 13. Las secciones de la escala se deberán colocar on "zig sag". (Figura #16). 14. Los descanses no deberán ser menores de 30 pulgadas de anche por 24 pulgadas de largo y deberán dotarse con baranda y tabla de capellada de tal manera que se permita el acceso facil y seguro a la escala. (Figuras is. 12 y 13). 15. - (a) - Las piezas paralelas de escalas fijas, deade las cuales (al ascender) para llegar al descanso o plataforma hay que pasar por entre dichas piezas paralelas, cuya extensión vaya a usaree como barra de agarre, deberán extenderse 42 pulgadas sobre el descanso o plataforma; Disponiéndose, que la separación de las piezas en la extensión deberá ser no menos de 18 pulgadas -19- ni mayor de 24 pulgadas, omitiéndose en este case les peldanos. (Figura #15). (b) - Las secciones de escalas fijas, desde las cuales al ascender hay que desplasarse hacia uno de los lades para llegar a la plataforma o piso de descanse, deberán extenderse hasta el peldano localizado sobre 42 pulgadas desde el piso de descanse, (Figura #16). 16. La jaula deberá llegar hasta una altura de 42 pulgadas sobre el piso de la última plataforma o estruetura a que sirve la escala, a menos que as provea otra protección aceptable. 17. La jaula deberá empezar deade una distancia no menor de 7 pies ni mayor de 8 desde el nivel del piso. (Figura #13). 18. La distancia entre el interior de la jaula y el frente de cada peldano no deberá ser menor de 27 pulgadas ni mayor de 28 y deberá estar libre de obstrucciones. (Figuras is. 13 y 14). 19. El ancho mínimo de la jaula deberá ser 27 pulgadas. (Figura #14). B - Pasadizos - 1. No se deberán usar escalones en los pasadizos. 2. Donde exista una diferencia de nivel entre superficies de pises conectados se deberán usar rampas -20- hasta donde sea posible. 3. Se deberá proveer avisos de precaución en el comiense de la rampa, especialmente en la parte superior. c - Plataforms y Vias Elevadas - 1. Las plataformas y vias elevadas que estén a 4 pies o mas del pise deberán ser resguardadas por barandas en todos les lados descubiertos, y si la elevaeión es mayor de 6 pies deberán tener baranda con tabla de capelladas, conforme a los requisitos establecidos on la Regla #6, partes "g" y "F". Excepciones: a) Todo pasadize o plataforma, no importa su elevación, construido sobre transportadores deberá estar protegido en todos sus lados abiertos por baranda con tabla de capellada. b) Todo pasadize elevado de 18 pulgadas o más de ancho, construíde con el único propósito de engrasar o reparar equipo, podrá dejarse al descubierto por el lade correspondiente al equipo en cuestión. -21- e) Bn las plataformas usedas para cargar y descargar materiales no se requerirá que se provean de barandas. Dende éstas plataformas se extiendan menos de 3 pies a cada lade de las puertas que airven, se proveerá protección en los lades según 10 estipulado. 2. Las plataformas y vias elevadas de material perforado no deberán tener hueces que permitan la caida de herramientas u otros objetos similares. E1 diametro máximo de las hueces deberá ser de 7/16 pulgadas.
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