Regl. 589, art. VIII-8
ESCALAS FIJAS. PASADIZOS. VIAS
Cite as Reglamento Núm. 589, Art. VIII-8
Y PLATAFORMAS ELEVADAS
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A - Escalas Fijas -
1. La inclinación o declve de las escalas
fijas deberá ser de 76 a 90 grados. (Figura #11).
2. La distancia mÃnima desde el frente del
peldano, per el lado de ascense ydescenso de la escala,
hasta el punto (pared, viga, u otros), más próximo a
dicho frente, deberá ser de 36 pulgadas para una inclinación de 76 grados y de 30 pulgadas para una inclinación
de 90 grades; Disponiendose, que para inclinaciones intermedias esta distancia variará proporcionalmente de
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acuerdo con la inclinación de la escala. (Figura #1).
Excepsion:
Las escalas cubiertas con jaula
u otro dispositive equivalente.
3. Deberá haber un espacio libre mÃnimo de
15 pulgadas a ambos lados del eje 0 centro de la escala,
excepto en aquella escala que está provista de una jaula
u etro dispositive equivalente.
" La distancia libre entre la parte posterior de cualquier peldano y el punto (pared, viga и otros),
más próximo a dicha parte deberá ser de por lo menos 7 pulgadas. (Figura #12).
5. La distancia libre desde el eje longitudinal
o linea central de la barra de agarre hasta el punto posterior fijo (pared, viga и otros) wás próximo deberá ser no
menor de 4 pulgadas.
6. La distancia horizontal entre la escala
y el borde de la plataforma o estructura a la cual da
acceso la escals, no deberá ser mayor de 12 pulgades ni
menor de 2-1/2 pulgadas. (Figura #12).
7. Todo peldaño deberá tener un diámetro mÃnimo
de 3/4 de pulgadas, si es de metal, y diámetro mÃnimo de
1-1/8 pulgadas si es de maders.
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Excepeion:
Les peldanos de metal empotrados
individualmente en hormigón, y
que den access a poses de registros и otros sities donde la atmósfera cause corresión y enmohecimiento, deberán aumentarse hasta
un diámetro mÃnimo de 1 pulgada o
ser pintadas o tratadas de manera
que puedan resistir la corrosión
y el enmohecimiente.
8. Las escalas de metal deberán pintarse
o tratarse de manera que puedan resistir la corrosión
y enmohecimiento ai la atmósfera donde están localizadas
asà lo requiere.
9. Las escalas de madera localizadas on
sitios donde están sujetas a podrirse deberán ser tratadas con preservatives no irritantes o evitarse la acumulación de agua en las partes de madera.
10. La distancia entre los peldaños no deberá
ser mayor de 12 pulgadas y deberá ser uniforme on toda
la escala. (Figura #1).
11. 81 largo libre de los peldanos no deberá ser
menor de 16 pulgadas y no deberá tener astillas, bordes
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fileses, rebabas o protuberancias que puedan constituir
un riesgo de accidentes. (Figura #1).
12. Toda escala que suba a alturas mayores de
20 pies y que están provistas de una jaula u otro dispositive equivalente, deberá tener descansos a intervalos no mayores de 30 pies. Cuando RO as provea una jaula
u otro dispositivo equivalente, les descansos deberán estar
a intervales no mayores de 20 pies. (Figuras #s. 13 y 16).
Excepción:
Las escalas de chimeneas.
13. Las secciones de la escala se deberán colocar on "zig sag". (Figura #16).
14. Los descanses no deberán ser menores de 30
pulgadas de anche por 24 pulgadas de largo y deberán dotarse con baranda y tabla de capellada de tal manera que
se permita el acceso facil y seguro a la escala. (Figuras
is. 12 y 13).
15. - (a) - Las piezas paralelas de escalas
fijas, deade las cuales (al ascender) para llegar al descanso o plataforma hay que pasar por entre dichas piezas
paralelas, cuya extensión vaya a usaree como barra de
agarre, deberán extenderse 42 pulgadas sobre el descanso
o plataforma; Disponiéndose, que la separación de las
piezas en la extensión deberá ser no menos de 18 pulgadas
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ni mayor de 24 pulgadas, omitiéndose en este case les
peldanos. (Figura #15).
(b) - Las secciones de escalas fijas, desde
las cuales al ascender hay que desplasarse hacia uno de
los lades para llegar a la plataforma o piso de descanse,
deberán extenderse hasta el peldano localizado sobre 42
pulgadas desde el piso de descanse, (Figura #16).
16. La jaula deberá llegar hasta una altura de
42 pulgadas sobre el piso de la última plataforma o estruetura a que sirve la escala, a menos que as provea otra
protección aceptable.
17. La jaula deberá empezar deade una distancia
no menor de 7 pies ni mayor de 8 desde el nivel del
piso. (Figura #13).
18. La distancia entre el interior de la jaula
y el frente de cada peldano no deberá ser menor de 27
pulgadas ni mayor de 28 y deberá estar libre de obstrucciones. (Figuras is. 13 y 14).
19. El ancho mÃnimo de la jaula deberá ser 27
pulgadas. (Figura #14).
B - Pasadizos -
1. No se deberán usar escalones en los pasadizos.
2. Donde exista una diferencia de nivel entre
superficies de pises conectados se deberán usar rampas
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hasta donde sea posible.
3. Se deberá proveer avisos de precaución
en el comiense de la rampa, especialmente en la parte
superior.
c - Plataforms y Vias Elevadas -
1. Las plataformas y vias elevadas que estén a 4 pies o mas del pise deberán ser resguardadas por
barandas en todos les lados descubiertos, y si la elevaeión es mayor de 6 pies deberán tener baranda con tabla de
capelladas, conforme a los requisitos establecidos on la
Regla #6, partes "g" y "F".
Excepciones:
a) Todo pasadize o plataforma, no
importa su elevación, construido
sobre transportadores deberá
estar protegido en todos sus
lados abiertos por baranda con
tabla de capellada.
b) Todo pasadize elevado de 18 pulgadas o más de ancho, construÃde con
el único propósito de engrasar o
reparar equipo, podrá dejarse al
descubierto por el lade correspondiente al equipo en cuestión.
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e) Bn las plataformas usedas para
cargar y descargar materiales no
se requerirá que se provean de barandas. Dende éstas plataformas
se extiendan menos de 3 pies a
cada lade de las puertas que airven,
se proveerá protección en los lades
según 10 estipulado.
2. Las plataformas y vias elevadas de material perforado no deberán tener hueces que permitan la
caida de herramientas u otros objetos similares. E1
diametro máximo de las hueces deberá ser de 7/16 pulgadas.