Regl. 5903, art. 1-1
Declaración de Principios
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Cite as Reglamento Núm. 5903, Art. 1-1
Los principios en los que se fundamenta la Educación
Continua para la profesión de la NaturopatÃa en Puerto Rico,
se establece en forma explÃcita en este Reglamento.
La Educación Continua es un renglón esencial en el
desarrollo profesional, en una sociedad moderna que merece y
exige que se reafirmen y se renueven las destrezas esenciales,
y en el desempeño de sus funciones directas. Sirve ésta con
el propósito de mantener un cuerpo de conocimientos
representativo de las innovaciones y descubrimientos en una
disciplina activa y cambiante.
Es importante que se entienda que la responsabilidad
inicial en la formación de Naturópatas competentes,
responsables y éticos recae en las instituciones académicas y
centros educativos reconocidos que ofrecen grados académicos
y profesionales a nivel universitario, académico y
profesional, los cuales dentro del ámbito de libertad de
cátedra, son los que otorgan las credenciales básicas para el
desempeño de la profesión.
La responsabilidad última recae en el propio individuo al
reconocer lo que implica una "buena práctica profesional",
éste debe preocuparse por utilizar los mecanismos de
educación continua disponibles para mantenerse en un nivel de
relevancia y competencia profesional en nuestra sociedad.
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CAPITULO II