Regl. 5903, art. 1-1 dup7

INFRACCIONES Y PENALIDADES

Length: 85 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5903, Art. 1-1 dup7

A la violación de cualquiera de las disposiciones de este Reglamento conllevara la suspensiòn O revocación de cualquier licencia expedida por la Junta O la imposición de una multa administrativa de hasta cinco mil dólares ($5,000.00) por cada violación. La imposición de dichas sanciones se regirá por las disposiciones del Reglamento de Procedimientos Adjudicativos de la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud y las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme de Puerto Rico, según enmendada. 18 CAPITULO X
Regl. 5903, art. 1-1 dup7: INFRACCIONES Y PENALIDADES | Justis AI