Regl. 5912, art. 5 dup2

Deberes y facultades del Evaluador Profesional de Bienes Raíces

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Supervisor El Evaluador Profesional de Bienes Raíces Supervisor, será responsable por el entrenamiento y supervisión directa del Asistente, asegurándose que: 1) acepta la responsabilidad por el informe de valoración en el cual un Asistente ha contribuido, firmando y certificando que el informe se ha preparado conforme a las Normas Uniformes de Práctica Profesional (Uniform Standards of Professional Appraisal Practice-USPAP); 2) revisa el o los informes de valoración en los cuales el Asistente ha contribuido; y 3) personalmente inspecciona cada propiedad a valorar con el Asistente, hasta que el Evaluador Profesional de Bienes Raíces Supervisor, determine que el Asistente es competente para inspeccionar el tipo de propiedad concerniente sin supervisión directa, conforme con la Provisión de Competencia de las Normas Uniformes de Práctica Profesional (Uniform Standards of Professional Appraisal Practice-USPAP) y la opinión asesora G-5 de USPAP. Reglamento Núm. IV Junta de Evaluadores Profesionales De Bienes Raíces Página 4
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