Regl. 5912, art. 5 dup2
Deberes y facultades del Evaluador Profesional de Bienes Raíces
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Cite as Reglamento Núm. 5912, Art. 5 dup2
Supervisor
El Evaluador Profesional de Bienes Raíces Supervisor, será responsable por el
entrenamiento y supervisión directa del Asistente, asegurándose que:
1)
acepta la responsabilidad por el informe de valoración en el cual un
Asistente ha contribuido, firmando y certificando que el informe se ha
preparado conforme a las Normas Uniformes de Práctica Profesional
(Uniform Standards of Professional Appraisal Practice-USPAP);
2)
revisa el o los informes de valoración en los cuales el Asistente ha
contribuido; y
3)
personalmente inspecciona cada propiedad a valorar con el Asistente, hasta
que el Evaluador Profesional de Bienes Raíces Supervisor, determine que el
Asistente es competente para inspeccionar el tipo de propiedad
concerniente sin supervisión directa, conforme con la Provisión de
Competencia de las Normas Uniformes de Práctica Profesional (Uniform
Standards of Professional Appraisal Practice-USPAP) y la opinión asesora
G-5 de USPAP.
Reglamento Núm. IV
Junta de Evaluadores Profesionales
De Bienes Raíces
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