Regl. 5917, art. 2.3
Aplicabilidad
Length: 47 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5917, Art. 2.3
Las disposiciones de este Reglamento aplican a todo funcionario y
empleado del Instituto de Cultura Puertorriqueña que participe directa o
indirectamente en el proceso de cobro de dinero que lleve a cabo el
Instituto de Cultura Puertorriqueña. Dichas disposiciones regirán en
todas las dependencias de la institución.