Regl. 5917, art. 6.2 dup2
Estados de Cuenta
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Cite as Reglamento Núm. 5917, Art. 6.2 dup2
1.
La Unidad de Crédito, Facturación y Cobro producirá los
Estados de Cuenta tomando en consideración los cargos
facturados a clientes y los ajustes a dichos cargos
evidenciados por la emisión de facturas, notas de crédito y
pagos efectuados por los clientes.
2.
La Unidad, mensualmente, enviará los Estados de Cuenta a
los clientes o deudores, acción que considerará como una
gestión de cobro.
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3.
Los Estados de Cuenta se distribuirán de la siguiente
manera:
Original Cliente
lera copia Expediente del cliente
2da. copia Archivos de la Unidad