Regl. 5918, art. IV

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 5918, Art. IV

A. Agente Fiscal El Banco Gubernamental de Fomento como Asesor Financiero. B. Instituto Instituto de Cultura Puertorriqueña del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 3 C. Colateral - Documento O instrumento de inversión que se requiere en representación de un valor económico para garantizar O asegurar el dinero a invertirse. D. Comité - Comité de Inversiones del Instituto. E. Corto Plazo - Término de tiempo menor de un año. F. Director - Director Ejecutivo del Instituto. G Fondo General En este grupo de fondo se agrupan fondos para propósitos operacionales. Estará compuesto de los fondos contabilizados por separado, conocidos como Fondo General-Presupuesto Legislativo y Fondo General-Recursos Propios. H. Fondo de Agencia - Estos fondos se utilizan para registrar recursos en custodia por el Instituto, como agente de individuos y organizaciones privadas. Estos fondos incluyen Asignaciones Especiales Legislativas que se utilizan para registrar recursos en custodia por el Instituto de Cultura Puertorriqueña como agente de individuos y organizaciones privadas. I. Fondos Especiales Se utilizan para contabilizar los recursos legalmente restringidos para su uso en actividades específicas. Estos fondos incluyen Asignaciones Especiales Legislativas para los Programas del Instituto de Cultura Puertorriqueña, reembolso de gastos, fondos federales, donativos y Aportaciones de Entidades particulares que se utilizan para contabilizar los recursos legalmente restringidos para su uso en actividades especiales. J. Fondo de Mejoras Capitales Comprenden todas las asignaciones que recibe el Instituto para utilizarse en la construcción, adquisición, mantenimiento, restauración y reconstrucción de monumentos y zonas históricas. 4 K. Inversiones - Transacciones económicas que consisten en la adquisición de instrumentos de inversión por un término de tiempo que puede ser a corto o largo plazo, cuyo propósito primordial es obtener ganancias o maximizar el rendimiento de los fondos invertidos, sujeto a los parámetros de riesgo permitidos. L. Largo Plazo Término de tiempo mayor o igual a un año. M. Obligaciones Todo documento contractual que compromete legalmente a una entidad a pagarle a otra determinada cantidad de dinero por concepto de una deuda contraída por la adquisición de algún bien, valor O servicio, sujeto a las leyes federales y estatales aplicables. N. Quorum - Significará el número de miembros del Comité que deben estar presentes cuando se tomen decisiones. Para efecto de este reglamento el "quorum" lo constituirá la mayoría de sus miembros.
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