Regl. 5918, art. IV
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 5918, Art. IV
A. Agente Fiscal El Banco Gubernamental de Fomento como Asesor
Financiero.
B.
Instituto Instituto de Cultura Puertorriqueña del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico.
3
C.
Colateral - Documento O instrumento de inversión que se requiere en
representación de un valor económico para garantizar O asegurar el dinero
a invertirse.
D.
Comité - Comité de Inversiones del Instituto.
E.
Corto Plazo - Término de tiempo menor de un año.
F.
Director - Director Ejecutivo del Instituto.
G
Fondo General En este grupo de fondo se agrupan fondos para
propósitos operacionales. Estará compuesto de los fondos contabilizados
por separado, conocidos como Fondo General-Presupuesto Legislativo y
Fondo General-Recursos Propios.
H.
Fondo de Agencia - Estos fondos se utilizan para registrar recursos en
custodia por el Instituto, como agente de individuos y organizaciones
privadas. Estos fondos incluyen Asignaciones Especiales Legislativas que
se utilizan para registrar recursos en custodia por el Instituto de Cultura
Puertorriqueña como agente de individuos y organizaciones privadas.
I.
Fondos Especiales Se utilizan para contabilizar los recursos legalmente
restringidos para su uso en actividades específicas. Estos fondos incluyen
Asignaciones Especiales Legislativas para los Programas del Instituto de
Cultura Puertorriqueña, reembolso de gastos, fondos federales, donativos
y Aportaciones de Entidades particulares que se utilizan para contabilizar
los recursos legalmente restringidos para su uso en actividades
especiales.
J.
Fondo de Mejoras Capitales Comprenden todas las asignaciones que
recibe el Instituto para utilizarse en la construcción, adquisición,
mantenimiento, restauración y reconstrucción de monumentos y zonas
históricas.
4
K.
Inversiones - Transacciones económicas que consisten en la adquisición
de instrumentos de inversión por un término de tiempo que puede ser a
corto o largo plazo, cuyo propósito primordial es obtener ganancias o
maximizar el rendimiento de los fondos invertidos, sujeto a los parámetros
de riesgo permitidos.
L.
Largo Plazo Término de tiempo mayor o igual a un año.
M.
Obligaciones Todo documento contractual que compromete legalmente a
una entidad a pagarle a otra determinada cantidad de dinero por concepto
de una deuda contraída por la adquisición de algún bien, valor O servicio,
sujeto a las leyes federales y estatales aplicables.
N.
Quorum - Significará el número de miembros del Comité que deben estar
presentes cuando se tomen decisiones. Para efecto de este reglamento el
"quorum" lo constituirá la mayoría de sus miembros.