Regl. 5926, art. XIX-XII
Envases y Materiales de Empaque de Huevos
Length: 433 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5926, Art. XIX-XII
A. Todo lote de huevos que se mercadee en Puerto Rico deberá
estar empacado en cajas de cartón adecuadas y que hayan
sido diseñadas especÃficamente para este propósito. Estas
deberán llenar los siguientes requisitos, según
establecidos en el Reglamento Federal de Inspección de
Huevos (7 CFR 56.234).
-19-
1. Resistir una presión ("bursting strength") de por lo
menos doscientas (200) libras por pulgada cuadrada.
B. Toda caja de cartón, una vez envasados los huevos, deberá
estar sellada con una tira de papel sulfatado, engomado,
de no menos de tres (3) pulgadas de ancho.
Este papel deberá tener un peso base, antes de engomarse,
de sesenta (60) libras por cada quinientas (500) hojas de
24" X 36". Podrá usarse otro tipo de tira para el sellado
de los envases, siempre y cuando la misma tenga
caracterÃsticas similares a la indicada y que sea de la
aceptación del Secretario.
Esta tira de papel deberá sellar la caja en la siguiente
forma, dependiendo del estilo de la caja:
1. En las cajas con cubierta regular ("regular slotted
cover") la unión que forman las tapas al cerrarse la
caja, debe cubrirse completamente con la tira de
papel, la cual debe extenderse por lo menos tres (3)
pulgadas más bajo del borde de los extremos de la
caja.
2. En las cajas cuyas tapas cierran insertándose a lo
largo de la división central, o de sus extremos,
deberán aplicarse dos tiras de papel, cada una de
ellas atravesando el largo de la caja por el centro de
cada uno de sus compartimientos y extendiéndose tres
(3) pulgadas más bajo del borde de cada lado de ésta.
En igual forma se procederá cuando la caja tenga
cubierta parcial o totalmente removible.
C. Todo tipo de envase utilizado para empacar huevos, deberá
ser nuevo y estará limpio, sano y libre de malos olores.
Las cajas de una docena и otro tipo de envase para venta
directa al consumidor, deberán ser nuevas y estarán
limpias, sanas y libres de malos olores y no podrán ser
utilizadas, para reempaque.
D. El material de empaque que se use para separar y proteger
las diferentes camadas de huevos y éstos entre sÃ, deberá
-20-
ser nuevo, sano, limpio y resistente.
E. Las cajas que contengan huevos pre-empacados en envases
para venta directa al consumidor deberán llenar los
requisitos antes estipulados.
F. Tanto el empacador, como el importador, como el
representante o agente del exportador, serán responsables
de que se cumpla con las disposiciones de este ArtÃculo
con relación a cualquier empaque de huevos efectuado en y
fuera de Puerto Rico, según sea el caso.