Regl. 5926, art. XIX-XII

Envases y Materiales de Empaque de Huevos

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Cite as Reglamento Núm. 5926, Art. XIX-XII

A. Todo lote de huevos que se mercadee en Puerto Rico deberá estar empacado en cajas de cartón adecuadas y que hayan sido diseñadas específicamente para este propósito. Estas deberán llenar los siguientes requisitos, según establecidos en el Reglamento Federal de Inspección de Huevos (7 CFR 56.234). -19- 1. Resistir una presión ("bursting strength") de por lo menos doscientas (200) libras por pulgada cuadrada. B. Toda caja de cartón, una vez envasados los huevos, deberá estar sellada con una tira de papel sulfatado, engomado, de no menos de tres (3) pulgadas de ancho. Este papel deberá tener un peso base, antes de engomarse, de sesenta (60) libras por cada quinientas (500) hojas de 24" X 36". Podrá usarse otro tipo de tira para el sellado de los envases, siempre y cuando la misma tenga características similares a la indicada y que sea de la aceptación del Secretario. Esta tira de papel deberá sellar la caja en la siguiente forma, dependiendo del estilo de la caja: 1. En las cajas con cubierta regular ("regular slotted cover") la unión que forman las tapas al cerrarse la caja, debe cubrirse completamente con la tira de papel, la cual debe extenderse por lo menos tres (3) pulgadas más bajo del borde de los extremos de la caja. 2. En las cajas cuyas tapas cierran insertándose a lo largo de la división central, o de sus extremos, deberán aplicarse dos tiras de papel, cada una de ellas atravesando el largo de la caja por el centro de cada uno de sus compartimientos y extendiéndose tres (3) pulgadas más bajo del borde de cada lado de ésta. En igual forma se procederá cuando la caja tenga cubierta parcial o totalmente removible. C. Todo tipo de envase utilizado para empacar huevos, deberá ser nuevo y estará limpio, sano y libre de malos olores. Las cajas de una docena и otro tipo de envase para venta directa al consumidor, deberán ser nuevas y estarán limpias, sanas y libres de malos olores y no podrán ser utilizadas, para reempaque. D. El material de empaque que se use para separar y proteger las diferentes camadas de huevos y éstos entre sí, deberá -20- ser nuevo, sano, limpio y resistente. E. Las cajas que contengan huevos pre-empacados en envases para venta directa al consumidor deberán llenar los requisitos antes estipulados. F. Tanto el empacador, como el importador, como el representante o agente del exportador, serán responsables de que se cumpla con las disposiciones de este Artículo con relación a cualquier empaque de huevos efectuado en y fuera de Puerto Rico, según sea el caso.
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