Regl. 2340, art. 1928.57 dup2
RESGUARDO PARA EL EQUIPO DE LABRANZA DE LA FINCA, DEL
Cite as Reglamento Núm. 2340, Art. 1928.57 dup2
EQUIPO DE LA FINCA Y DESMOTADORAS DE ALGODON.
(a) Norma General.
(1) Propósito. E1 propósito de esta sección es proveer a los
empleados protección contra los riesgos asociados con las
partes movibles de maquinarias de equipo de labranza de la
finca, equipo de la finca y desmotadoras de algodón usadas
en cualquier operación agrÃcola.
(2) Alcance. El párrafo (a) de esta sección incluye requisitos
generales, los cuales se aplican a todo equipo tratado en
esta sección. Además, el párrafo (b) de esta sección se
aplica al equipo de labranza de la finca, el párrafo (c) de
esta sección se aplica al equipo de la finca, y el párrafo
(d) de esta sección se aplica a las desmotadoras de algodón.
(3) Aplicación. Esta sección se aplica a todo equipo de labranza
de la finca, equipo de la finca y desmotadoras de algodón,
excepto los párrafos (b) (2), (b) (3) y (b) (4) (ii) (a), y
(c) (2), (c) (3) y (c) (ii) (a) que no aplican a equipo fabricado antes del 25 de octubre de 1976.
(4) Fecha de vigencia. Esta sección entrada en vigencia el
25 de octubre de 1976, excepto el párrafo (d) de esta sección, el cual entra en vigencia el 30 de junio de 1977.
(41 F.R. 2267, 2 de junio de 1976).
(5) Definiciones. "Desmotadoras de algodón" son sistemas de
maquinarias los cuales acondicionan la semilla del algodón,
separan la borra de la semilla, transfieren materiales y
empaquetan la borra del algodón.
"Equipo de labranza de la finca" se refiere a tractores o
implementos, incluyendo los implementos auto propulsados,
o cualquier combinación de ésta usada en operaciones agrÃcolas.
"Equipo de finca" se refiere a equipo agrÃcola usado normalmente en forma estacionaria. Este incluye, pero no se
limita a, al equipo para manejo de materiales y los accesorios para dicho equipo sea o no esté parte integral de
un edificio
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Seguridad y Salud en el Trabajo
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Norma e Interpretaciones
"Piezas manejadas sobre tierra" son piezas impulsadas
por el movimiento giratorio de un volante según el
equipo se mueve sobre tierra.
El resguardo o "protector" es una barrera diseñada para
proteger al empleado de hacer contacto con algún riesgo
creado por alguna parte movible de una maquinaria.
(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976).
"Ejes de toma de fuerza (de potencia)" son los ejes y
las articulaciones entre el tractor, u otras fuentes de
fuerza, y el primer tren de engranajes, polea, rueda
dentada u otros componentes del equipo de ejes de toma
de fuerza.
(6) Instrucciones de operación. Cuando se realiza la
tarea inicialmente, y, por lo menos, anualmente de ahÃ
en adelante, el patrono dará instrucciones a cada
empleado sobre la operación segura de y el mantenimiento
a todo equipo con el cual va a trabajar inclusive, al menos,
las prácticas de seguridad siguientes:
(i) Mantener todos los resguardos en su lugar
cuando la máquina esté funcionando.
(ii) No permitir personas en el equipo de
labranza de la finca, excepto personas necesarias para enseñar o asistir en la operación
de la máquina.
(iii) Apagar el motor, desconectar toda fuente
de energÃa y esperar el paro de todo movimiento
de la máquina antes de darle servicio, ajustarla,
limpiarla o destapar el equipo, excepto cuando la
máquina tiene que estar en marcha para poder recibir un servicio O mantenimiento adecuado. En este
caso, el patrono instruirá a los empleados a seguir
los pasos y procedimientos necesarios para dar servicio o mantenimiento seguro.
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Seg idad y Salud en el Trabajo
Normas e Inte retaciones
(iv) Asegurarse de que todos estén fuera del alcance
de la máquina antes de poner en marcha el motor, accionar el mecanismo impulsor u operar la máquina.
(v) Desconectar la electricidad antes de dar mantenimiento o servicio al equipo de la finca.
(7) Métodos de protección. Excepto, cuando en esta sub-parte
se diga lo contrario, cada patrono protegerá a sus empleados de
ponerse en contacto con riesgos creados por partes movibles de
maquinarias como se indica a continuación:
(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976).
(i) Mediante instalación y uso de un resguardo o protector, o que se resguarde mediante ubicación;
(ii) Mediante el uso de una baranda o verja, cuando no sea
factible usar un resguardo, o protector, o que se resguarde
mediante ubicación.
(8) Resistencia y diseño de los resguardos.
(i) Donde se usen resguardos para proveer la protección
requerida por esta sección, éstos estarán diseñados y
localizados donde protejan contra cualquier contacto inadvertido con el riesgo contra el cual protegen.
(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976).
(ii) A menos que se indique algo diferente, cada resguardo
y sus soportes tendrán la capacidad de resistir la presión
que una persona de 250 libras de peso ejercerÃa si se apoyase
o cayese contra ese resguardo.
(iii) Los resguardos estarán libres de protuberancias,
bordes filosos y esquinas filosas, y estarán sujetos de
modo seguro al equipo o el edificio.
(9) Resguardo mediante ubicación. Una pieza se resguarda
mediante ubicación durante la operación, el mantenimiento, o
el servicio dado a la máquina cuando, por su localización,
ningún empleado puede estar en contacto inadvertido con algún
riesgo durante dicha operación, mantenimiento o servicio dado a
la máquina. Cuando el patrono puede demostrar que cualquier
exposición a riesgos es resultado de la conducta de un empleado-
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Norm. e Interpretaciones
tipo de diseño que requiera remover el protector
principal del tractor, el equipo incluirá también
protección contra la parte sobresaliente del eje de
la fuerza del tractor.
+(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976).
(iv) Se pondrán letreros en lugares conspicuos en
los tractores y el equipo impulsor de la toma de
fuerza, especificando que los protectores de seguridad del sistema de control mecánico deben mantenerse en su lugar.
(2) Otras piezas de transmisión de energÃa.
(i) Se deberá resguardar las tomas o puntos de agarre
de engranajes, cadenas, poleas acanaladas, poleas,
ruedas dentadas y ruedas locas impulsados por energÃa.
(ii) Todo eje rotativo, incluso proyecciones tales
como pernos, llaves o tornillos de ajuste, estarán
resguardados, excepto las puntas suaves del eje que
sobresalgan menos de la mitad del diámetro exterior
del eje y sus medios de cierre.
(iii) Las piezas manejadas sobre tierra estarán resguardadas de acuerdo con los párrafos (b) (2) (i) y (b) (2) (ii)
de esta sección si algún empleado puede quedar expuesto
a ellos mientras los equipos estén en movimiento.
(3) Piezas funcionales. Las piezas funcionales tales como
los rodillos para romper o desvainar, los esparcidores y
cortadores de paja, las máquinas de cortar, los rotores para
desgranar, el batidor rotativo, las barreras mezcladoras,
los rodillos alimentadores, las barrenas transportadoras,
las cultivadoras rotativas y unidades similares, las cuales
deben estar expuestas para funcionar correctamente, estarán
resguardadas completamente sin que se interfiera substancialmente con la función normal del componente.
(4) Acceso a las partes movibles.
(i) Los resguardos, los protectores y las puertas de
acceso estarán en su sitio mientras el equipo esté
operando.
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/ (a) (y)
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Inter etaciones
y que el suceso es aislado y no anticipado la pieza se
considerará resguardada mediante su ubicación.
(10) Protección por barandas. Las barandas o verjas protegerán
contra la entrada inadvertida de empleados a áreas de riesgo.
(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976).
(11) Servicio y mantenimiento. Cuando la parte movible de una
maquinaria presenta un riesgo mientras se le da servicio o mantenimiento, se apagará el motor, se desconectará la fuente de
energÃa y todo movimiento de la máquina se parará antes de
darle servicio o mantenimiento, excepto cuando el patrono puede
establecer que:
(i) el equipo debe estar en marcha para poder darle un
buen servicio o mantenimiento.
(ii) el equipo no puede recibir servicio o mantenimiento
mientras está puesto el resguardo u otros resguardos
requeridos por esta norma.
(iii) el servicio o mantenimiento se puede dar con
seguridad.
(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976).
(b) Equipo de labranza de la finca.
(1) Resguardo de la toma de fuerza.
(i) Todo eje de toma de fuerza, incluso los ejes montados atrás, en el medio o en el lado, estarán resguardados por un protector principal, según se expone
en el párrafo (b) (1) (ii) de esta sección, o por otros
resguardos protectores.
(ii) Todo tractor estará equipado con un protector
principal para tractor agrÃcola en la toma de fuerza
trasera, excepto cuando se permite quitar el protector
principal párrafo (b) (1) (ii) de esta sección. El
protector principal tendrá suficiente fuerza para evitar
la deformación permanente del protector cuando un operador que pese 250 libras se suba o baje del tractor
usando el protector como escalón.
(ii) El equipo impulsor de la toma de fuerza se resguardará para proteger a los empleados contra cualquier
contacto con piezas rotativas de transmisión directa
del sistema de control mecánico. Cuando un equipo impulsor de la toma de fuerza es de un
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Nor S e Interpretaciones
(ii) Si el remover un resguardo o puerta de acceso
expone al empleado a cualquier pieza que continúe
en rotación después que se ha quitado la energÃa,
el patrono proveerá lo siguiente en el área inmediata:
(a) Un aviso que indique por medios visibles o
audibles que algunas piezas continúan en rotación.
(b) Un letrero de seguridad que indique a los
empleados que:
(1) deben estar atentos (mirar o escuchar)
si hay alguna evidencia de rotación.
(2) no deben remover el resguardo o la puerta
de acceso hasta que todas las piezas hayan
parado.
(c) Equipo de la finca.
(1) Resguardo de la toma de fuerza.
(i) Todo eje de toma de fuerza, incluso los ejes
montados atrás, en el medio o en el lado, estarán
resguardados por un protector principal, según se
expone en el párrafo (b) (1) (ii) de esta sección,
o por otros resguardos protectores.
(ii) El equipo impulsor de la toma de fuerza se
resguardará para proteger a los empleados contra
cualquier contacto con piezas rotativas de transmisión directa del sistema de control mecánico.
Cuando un equipo impulsor de la toma de fuerza es
de un tipo de diseño que requiera remover el protector principal del tractor, el equipo incluirá
también protección contra la parte sobresaliente
del eje de la toma de fuerza del tractor.
(41 F.R. 46598, 22 de octubre de 1976). .
(iii) Se pondrán letreros en lugares prominentes en
el equipo impulsor de la toma de fuerza que especifiquen que los protectores de seguridad del sistema
de control mecánico deben mantenerse en su lugar.
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1928.57 (c) (2) (iii)
Normas e Interpretaciones
(2) Otras piezas de transmisión de energÃa.
(i) Se deberán resguardar las tomas o puntos de
agarre de engranajes, correas, cadenas, poleas
acanaladas, poleas ruedas y ruedas locas.
(ii) Todo eje rotativo, incluso proyecciones tales
como pernos, llaves o tornillos de ajuste, estarán
resguardados, excepto lo siguiente:
(a) Ejes suaves y puntas suaves del eje (sin
proyecciones como pernos, llaves o tornillos
de ajuste) que roten a menos de 10 rpm en
equipo alimentador usado en la parte superior
de materiales en almacenaje voluminoso.
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Normas e Interpretaciones
(b) las puntas suaves del eje que sobresalgan
menos de la mitad del diámetro exterior del eje
y sus métodos de cierre.
(3) Piezas funcionales.
(i) Las piezas funcionales, tales como cortadores,
batidores rotativos, barrenas mezcladoras, rodillos
alimentadores, barrenas transportadoras, esparcidores de grano, barrenas agitadoras, barrenas barredoras y barrenas alimentadoras, las cuales deben
estar expuestos para un funcionamiento correcto,
estarán resguardadas completamente sin que interfieran substancialmente con la función normal de la
pieza.
(ii) Se deberán resguardar los mecanismos con brazos para recoger materiales en el silo. El borde
inferior O primero del resguardo estará localizado
a no más de 12 pulgadas sobre el material de la
superficie y a no menos de 6 pulgadas en frente del
primer borde de la pieza rotativa del mecanismo recogedor. El resguardo estará paralelo a, y se extenderá a casi todo lo largo de, el mecanismo recogedor de material.
(iii) La barrena de movimiento rápido expuesta en
barrenas de granos portátiles estará resguardada
con resguardos tipo parrilla o cubierta enteriza
separadora como se indica a continuación:
(a) Las dimensiones oberturas más grandes en
los resguardos tipo parrilla a través de las
cuales tiene que fluir materiales serán de 4 3/4
pulgadas. El área de cada abertura será de no
más de 10 pulgadas cuadradas. La abertura estará
localizada a no menos de 2 1/2 pulgadas de la
parte de movimiento giratorio rápido.
(b) Las aberturas (canales) en la cubierta enteriza separadora serán de no más de 1 1/2 pulgadas de
ancho, y no estarán más cerca de 3 1/2 pulgadas al
movimiento rápido expuesto.
(4) Acceso a las partes movibles.
(i) Los resguardos, los protectores y las puertas
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Segurid y Salud en el Trabajo
Normas e Interp taciones
de acceso estarán en su sitio mientras el equipo
esté operando.
(ii) Si el remover un resguardo o puerta de
acceso expone al empleado a cualquier pieza
que continúe en rotación después que se ha
quitado la energÃa, el patrono proveerá lo
siguiente en el área inmediata:
(a) Un aviso que indique por medios visibles
o audibles que algunas piezas continúan en
rotación.
(b) Un letrero de seguridad que indique a los
empleados que:
(1) deben estar atentos (mirar o escuchar)
por si hay alguna evidencia de rotación;
(2) no deben remover el resguardo o la
puerta de acceso hasta que todas las piezas
hayan parado.
(5) Medios para desconectar la electricidad.
(i) La aplicación de energÃa eléctrica de un lugar que
no esté bajo el control inmediato y exclusivo de un
empleado o empleados que den mantenimiento o servicio
al equipo se evitará mediante:
(a) la provisión de un cierre exclusivo y eficaz
en el interruptor principal, el cual pueda ser
operado solamente por el empleado o empleados que
den mantenimiento o servicio.
(b) la colocación fÃsica de un medio eléctrico o
mecánico para desconectar la energÃa en el caso de
equipo de manejo de material localizado en una
estructura de almacenaje a granel.
(ii) Todos los dispositivos de protección de circuito,
incluso que son parte integral de un motor, serán del
tipo de programación manual, excepto donde:
(a) E1 patrono puede establecer que, debido a la
naturaleza de la operación, las distancias implicadas y el tiempo normalmente usado por los
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(a)
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y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
empleados en el área del equipo afectado,
no serÃa posible el uso de un dispositivo
manual de reprogramación.
(b) hay un interruptor disponible para desconectar la electricidad dentro de 15 pies del
equipo al cual se le está dando mantenimiento
o servicio.
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Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Inte etaciones
(c) Se coloque un letrero en un lugar conspicuo
cerca de cada pieza de riesgo que indique al
empleado que a menos que no se use el interruptor para desconectar la electricidad, el motor
podrÃa reactivarse automáticamente mientras el
empleado esté trabajando con la pieza de riesgo.
(d) Equipo para desmotar el algodón.
(1) Piezas de transmisión de energÃa.
(i) El accionamiento principal y los accionamientos misceláneos de las bases de las desmotadoras de algodón estarán completamente resguardadas, en un lugar de protección o resguardadas por barandas (en conformidad con los
requisitos del párrafo (a) (7) de esta sección).
Los accionamientos entre las bases de las desmotadoras de algodón estarán resguardados para
evitar el acceso al área entre las máquinas.
(ii) Cuando esté resguardada por barandas,
cualquier pieza de riesgo dentro de 15 pulgadas
a lo horizontal de la baranda, estará totalmente
cubierta. La baranda tendrá una altura aproximada de 42 pulgadas desde el piso, plataforma u
otra superficie de trabajo, con un larguero
intermedio entre la baranda de arriba y la superficie de trabajo. Los paneles hechos de materiales que estén en conformidad con los requisitos
de la Tabla D-1, o sus equivalentes, pueden sustituir los largueros intermedios. Las barandas
tendrán resistencia suficiente para resistir, por
lo menos, 200 libras en la baranda superior.
(iii) Las correas resguardadas por barandas serán
inspeccionadas por lo menos, una vez al dÃa para
descubir defectos. La maquinaria no será usada
hasta que las correas defectuosas sean reemplazadas.
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Seguridad V Salud en el Trabajo
Normas e Inte etaciones
Tabla D-1 Ejemplo de requisitos
mÃnimos para materiales para paneles de resguardo
Espacio
Malla o
Medida
entre partes
abertura
(medida
movibles y
más grande
de EE.UU.)
todos los
permitida
o espesor
puntos
mÃnimo
Pulgadas
Pulgadas
Alambre tejido
Menos de 2
3/8
16
2 a 4
1/2
16
4 a 15
2
12
Metal expandido
Menos de 4
1/2
18
4 a 15
2
13
Metal perforado
Menos de 4
1/2
20
4 a 15
2
14
Plancha metálica
Menos de 4
(1)
22
4 a 15
22
Plástico
Menos de 4
(1)
4 a 15
(1)
1
Resistencia a la tracción de 10 000 libras/pulgada².
(iv) Las poleas de las transmisiones de correas en V
estarán completamente cubiertas o resguardadas mediante
ubicación, aún si hay barandas puestas. E1 extremo
abierto del resguardo de la polea estará a no menos de
4 pulgadas de la periferia de las poleas.
(v) Las cadenas y las ruedas dentadas estarán completamente cubiertas, excepto que podrán estar resguardadas
mediante ubicación si los cojinetes están encajonados, o
si se usan extensiones para lubricación que estén accesibles.
(vi) Cuando una cubierta total de una pieza pueda causar
un fuego debido a depósitos excesivos de borra, sólo se
requiere la sección frontal de los resguardos para los puntos
de agarre y para las poleas. El resguardo se extenderá, por
lo menos, 6 pulgadas más allá del borde de la polea en los
lados de entrada y salida de la correa, y, por lo menos, 2
pulgadas del borde y del frente de la polea hacia todas las
demás direcciones.
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Segurid
y Salud en el Trabajo
Normas e Inter etaciones
(vii) Las puntas del eje que sobresalen que no están
resguardadas mediante ubicación, presentarán un borde
y una punta suave, estarán resguardadas por tapas o
mangas de seguridad no rotativas, y no podrán sobresalir más de la mitad del diámetro exterior del eje.
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Segu
ad y Salud en el Trabajo
Normas e interpretaciones
(viii) En las plantas de energÃa y los cuartos para
generar energÃa donde el acceso se limita al personal
autorizado se pueden usar barandas de protección en
lugar de resguardos o protección mediante ubicación.
Los empleados autorizados que tengan acceso a las plantas
de energÃa y a los cuartos para generar energÃa serán
instruÃdos en cuanto a la operación segura y el mantenimiento del equipo de acuerdo con el párrafo (a) (6)
de esta sección.
(2) Piezas funcionales.
(i) Las bases de las desmotadoras de algodón tendrán
instaladas permanentemente un resguardo diseñado para
evitar contacto con las sierras de las desmotadoras
mientras estén en movimiento. Las hojas de las sierras
en la caja del rodillo se considerarán protegidas
mediante ubicación si no se extienden a través de las
costillas de las desmotadoras hacia la caja del rodillo
cuando la sección frontal está en posición hacia fuera.
(ii) Las sierras movibles en las limpiadoras de borra
que tengan puertas que dan acceso a las sierras estarán
resguardadas por barreras fijas de protección o su
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Normas e Interpretaciones
equivalente que eviten contacto director de los dedos o las
manos con las sierras mientras éstas estén en movimiento.
(iii) Un cierre será instalado en todas las embaladoras
para que las puertas superiores no se puedan abrir mientras
la máquina esté operando.
(iv) Los paneles superiores de los extractores de protuberancias serán abisagrados y se equiparán con un cerrojo eficaz
y fuerte.
(v) Todos los transportadores de tornillo sin fin que estén
accesibles estarán resguardados por cubiertas substanciales
o por enrejillado o por un resguardo tipo cóncavo con ranuras
horizontales invertidas, el cual impedirá que los empleados
entren en contacto con el transportador de tornillos. Estos
resguardos pueden ser de barras horizontales espaciadas para
permitir el paso de materiales al transportador, y sostenido
por arcos que no estén separados por más de 8 pies. Los
transportadores de tornillos sin fin que estén debajo de las
bases de las desmotadoras de algodón se considerarán resguardos por ubicación.
(3) Dispositivo de alarma. Un dispositivo de alarma se instalará
en todas las desmotadoras para proveer una señal audible que
indique a los empleados que cualquiera o todas las máquinas
desmotadoras van a comenzar a operar. La señal tendrá bastante volúmen para ser oÃda por los empleados, y sonará cada
vez que se vaya a comenzar las operaciones.
(41 F.R. 10190, 9 de marzo de 1976.)
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Seguridad y Salu en el Trabajo
1928.113 (a)
Normas e Interpretaciones
SUBPARTE I SUBSTANCIAS TOXICAS Y PELIGROSAS