Regl. 5941, art. III-XV
Cuota
Cite as Reglamento Núm. 5941, Art. III-XV
Se cobrará una cuota a los padres del consejo en apoyo a los servicios
que se le ofrecen en el centro. La misma será mensual; se cobrará durante
la primera semana de cada mes. El padre recibirá un recibo como
evidencia del pago de la cuota. Aún cuando el padre esté de vacaciones,
deberá pagar la misma. La cuota "efectivo a 1998" es la siguiente:
1 niño
$10.00 mensuales
2 niños
$18.00 mensuales
3 niños o más
$24.00 mensuales
Esta cuota podrá ser revisada en Asamblea del Consejo de Padres.