Regl. 5957, art. 5-5.2 dup2

DESCRIPCIÓN DE PUESTOS

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Cite as Reglamento Núm. 5957, Art. 5-5.2 dup2

Conforme a su plan organizativo funcional, el Departamento preparará y mantendrá al día, para cada puesto autorizado, una descripción clara y precisa de los deberes y responsabilidades, así como el grado de autoridad y supervisión adscrito al mismo. Esta descripción estará contenida en el cuestionario oficial que a tales fines adopte el Departamento y de estar el puesto ocupado, deberá estar firmado por el empleado, por su supervisor inmediato y por el Secretario de la Vivienda O su representante autorizado. Si el puesto está vacante, el cuestionario será firmado por el supervisor y por el Secretario O su representante autorizado. Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades, así como en el grado de autoridad y supervisión adscritos a los puestos se registrará de inmediato en el cuestionario de clasificación y se pasará juicio sobre la clasificación de los puestos en atención a las necesidades de la Agencia y en intervalos de tiempo razonable que no deben ser menor de una vez al año. El original del cuestionario oficial formalizado inicialmente, así como el de toda revisión posterior que se efectúe, será sometido a la Oficina Central para que 11 éstos verifiquen si cumple con los criterios establecidos para estar comprendido en el servicio de confianza e incluirlo en el Plan de Puestos de Confianza. Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser nombrado y tome posesión del puesto y cuando ocurran cambios en la descripción del mismo que resultaren en la formalización de un nuevo cuestionario. Este cuestionario se utilizará para orientar, adiestrar y supervisar al empleado de acuerdo a los procedimientos que establezca el Departamento. Se retendrá y conservará en forma adecuada y accesible una copia de toda descripción formalizada para cada puesto, junto a cualquier otra documentación relacionada con el historial de clasificación del puesto. Este acopio de información, en orden de fechas constituirá, a nivel del Departamento el expediente oficial e individual de cada puesto y será utilizado como marco de referencia en los estudios y acciones que se requieran en relación con la clasificación de puestos. Copia del cuestionario de clasificación de cada puesto deberá ser provisto a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, según esta agencia establezca en sus procedimientos al tramitarse la petición para la creación del puesto y cuando se soliciten acciones posteriores relacionadas con su clasificación.
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