Regl. 5957, art. 5-5.2 dup2
DESCRIPCIÓN DE PUESTOS
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Cite as Reglamento Núm. 5957, Art. 5-5.2 dup2
Conforme a su plan organizativo funcional, el Departamento preparará y
mantendrá al dÃa, para cada puesto autorizado, una descripción clara y precisa de
los deberes y responsabilidades, asà como el grado de autoridad y supervisión
adscrito al mismo. Esta descripción estará contenida en el cuestionario oficial que a
tales fines adopte el Departamento y de estar el puesto ocupado, deberá estar
firmado por el empleado, por su supervisor inmediato y por el Secretario de la
Vivienda O su representante autorizado. Si el puesto está vacante, el cuestionario
será firmado por el supervisor y por el Secretario O su representante autorizado.
Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades, asà como
en el grado de autoridad y supervisión adscritos a los puestos se registrará de
inmediato en el cuestionario de clasificación y se pasará juicio sobre la clasificación
de los puestos en atención a las necesidades de la Agencia y en intervalos de
tiempo razonable que no deben ser menor de una vez al año.
El original del cuestionario oficial formalizado inicialmente, asà como el de
toda revisión posterior que se efectúe, será sometido a la Oficina Central para que
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éstos verifiquen si cumple con los criterios establecidos para estar comprendido en
el servicio de confianza e incluirlo en el Plan de Puestos de Confianza.
Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser nombrado y tome
posesión del puesto y cuando ocurran cambios en la descripción del mismo que
resultaren en la formalización de un nuevo cuestionario. Este cuestionario se
utilizará para orientar, adiestrar y supervisar al empleado de acuerdo a los
procedimientos que establezca el Departamento. Se retendrá y conservará en
forma adecuada y accesible una copia de toda descripción formalizada para cada
puesto, junto a cualquier otra documentación relacionada con el historial de
clasificación del puesto. Este acopio de información, en orden de fechas
constituirá, a nivel del Departamento el expediente oficial e individual de cada
puesto y será utilizado como marco de referencia en los estudios y acciones que se
requieran en relación con la clasificación de puestos.
Copia del cuestionario de clasificación de cada puesto deberá ser provisto a
la Oficina de Gerencia y Presupuesto, según esta agencia establezca en sus
procedimientos al tramitarse la petición para la creación del puesto y cuando se
soliciten acciones posteriores relacionadas con su clasificación.