Regl. 5958, art. 5-5.7 dup2
STATUS DE LOS EMPLEADOS EN PUESTOS RECLASIFICADOS
Length: 351 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5958, Art. 5-5.7 dup2
El status de los empleados cuyos puestos sean reclasificados se determinará de
acuerdo a las siguientes normas:
A.
Si la reclasificación procediera por virtud de un error en la clasificación
original y el cambio representara un ascenso, se podrá trasladar al empleado
a un puesto, si lo hubiere vacante, de la clase que corresponda al
nombramiento del empleado, sin que el traslado resulte oneroso para éste; o
si reúne los requisitos se podrá confirmar al empleado en el puesto
16
reclasificado, sin ulterior certificación de elegibles. Si el cambio representa
un descenso, se podrá, con el consentimiento escrito del empleado, confirmar
a éste en el puesto sin que ello afecte el derecho de apelación que tuviere el
empleado si quisiera ejercitarlo; o se podrá trasladar al empleado a un puesto
vacante que hubiere de la clase correspondiente al nombramiento del
empleado; o dejar en suspenso la reclasificación hasta tanto se logre reubicar
al empleado. En cualquier caso, el empleado tendrá el mismo status que
antes de la reclasificación de su puesto.
B.
Si la reclasificación procediera por cambio sustancial en deberes, autoridad y
responsabilidad, y el cambio resultara en un puesto de categorÃa superior, se
podrá ascender al empleado si su nombre estuviera en turno de certificación
en el registro de elegibles correspondiente. También se podrá autorizar el
ascenso sin oposición del empleado conforme a las normas establecidas en
este reglamento para este tipo de ascenso, o si no hubiera registro de
elegibles se podrá celebrar examen para cubrir el puesto reclasificado. En
todo caso el incumbente estará sujeto al perÃodo probatorio. Si el incumbente
del puesto al momento de la reclasificación no pudiera ocupar el puesto
reclasificado, la autoridad nominadora lo reubicará en un puesto de
clasificación igual a su nombramiento o en un puesto similar, para el cual el
empleado reúna los requisitos mÃnimos, o dejará en suspenso la
reclasificación hasta tanto se logre reubicar al empleado.
17
C.
Si la reclasificación procediera por evolución del puesto o por modificación
del plan de clasificación, el incumbente permanecerá ocupando el puesto
reclasificado con el mismo status que antes del cambio.