Regl. 5958, art. 9-9.8 dup2
HISTORIALES DE ADIESTRAMIENTOS E INFORMES
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Cite as Reglamento Núm. 5958, Art. 9-9.8 dup2
A.
Historial en Expedientes de Empleados
El Departamento mantendrá en el expediente de cada uno de sus
empleados un historial de los adiestramientos en que éstos participen, el
cual podrá ser utilizado como una de las fuentes de referencia cuando se
vaya a tomar decisiones relativas a ascensos, traslados, asignaciones de
trabajo, evaluaciones y otras acciones de personal. El historial de
adiestramiento del empleado podrá incluir evidencia de participación, por
iniciativa propia, en cualquier actividad educativa reconocida.
B.
Historiales de Actividades
El Departamento mantendrá historiales de las actividades de adiestramiento
celebradas, evaluaciones de las mismas y personas participantes, para
fines de la evaluación de sus respectivos programas de adiestramiento y
desarrollo.
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C.
Informes
Anualmente el Departamento enviará al Instituto un informe sobre las
actividades de adiestramiento celebradas durante el año fiscal. El mismo
deberá contener la información necesaria sobre el volumen y clases de
adiestramientos ofrecidos, los gastos incurridos en adiestramientos y el
número de participantes, para fines de medición de la actividad global de
adiestramiento y desarrollo del personal en el servicio público.
PARTE IV
OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA
ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL