Regl. 5971, art. 10 dup2
Subsidios a Artistas y a Humanistas
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Cite as Reglamento Núm. 5971, Art. 10 dup2
Todo artista o humanista al momento de radicar su solicitud o
propuesta de subsidio deberá presentar la siguiente información
y documentos:
1. Presentar un resumé con una muestra de su trabajo
2. La presentación de la muestra del trabajo se regirá de
acuerdo a las guÃas preparadas por el Administrador
General o su representante y aprobadas por el Consejo de
Administración del Fondo
3.
Poseer la Certificación de Promotor de Espectáculos, en
los casos en que las caracterÃsticas del proyecto a
desarrollar asà lo requieran, a tenor con la
Ley Núm. 182 de 3 de septiembre de 1996.
4.
Completar la solicitud de fondos en todas sus partes con
una descripción y desglose del presupuesto
especificando las partidas para las que solicita los
fondos
5. Cumplir con cualquiera otra ley y norma del Gobierno de
Puerto Rico aplicable en el manejo de fondos públicos y
en la realización de actividades o proyectos con fines
artÃstico culturales
6.
Suplir cualquier otra información que le requiera el
Consejo de Administración del Fondo 0 el Administrador
General del Fondo en las guÃas aprobadas por el Consejo
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CAPITULO IV.
TRAMITE DE LAS SOLICITUDES O PROPUESTAS