Regl. 5971, art. 10 dup2

Subsidios a Artistas y a Humanistas

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Cite as Reglamento Núm. 5971, Art. 10 dup2

Todo artista o humanista al momento de radicar su solicitud o propuesta de subsidio deberá presentar la siguiente información y documentos: 1. Presentar un resumé con una muestra de su trabajo 2. La presentación de la muestra del trabajo se regirá de acuerdo a las guías preparadas por el Administrador General o su representante y aprobadas por el Consejo de Administración del Fondo 3. Poseer la Certificación de Promotor de Espectáculos, en los casos en que las características del proyecto a desarrollar así lo requieran, a tenor con la Ley Núm. 182 de 3 de septiembre de 1996. 4. Completar la solicitud de fondos en todas sus partes con una descripción y desglose del presupuesto especificando las partidas para las que solicita los fondos 5. Cumplir con cualquiera otra ley y norma del Gobierno de Puerto Rico aplicable en el manejo de fondos públicos y en la realización de actividades o proyectos con fines artístico culturales 6. Suplir cualquier otra información que le requiera el Consejo de Administración del Fondo 0 el Administrador General del Fondo en las guías aprobadas por el Consejo 11 CAPITULO IV. TRAMITE DE LAS SOLICITUDES O PROPUESTAS
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