Regl. 5971, art. 13

Revisión de solicitudes

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Cite as Reglamento Núm. 5971, Art. 13

Las propuestas recibidas en la Oficina del Fondo serán revisadas por los funcionarios de dicho organismo, para determinar si reúnen los requisitos necesarios para pasar al primer comité de evaluación. Se considerarán solamente las que cumplan con todos los requisitos, a la fecha límite de radicación. 12
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