Regl. 5971, art. 13
Revisión de solicitudes
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Cite as Reglamento Núm. 5971, Art. 13
Las propuestas recibidas en la Oficina del Fondo serán revisadas por
los funcionarios de dicho organismo, para determinar si reúnen los
requisitos necesarios para pasar al primer comité de evaluación. Se
considerarán solamente las que cumplan con todos los requisitos,
a la fecha lÃmite de radicación.
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