Regl. 5971, art. 23

Efectividad

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23 Núm. 5971 Fecha: 100 junio 1999 1000 AM Secretaria de Estado REGLAMENTO Por: FONDO PUERTORRIQUEÑO Secretario Auxiliar de Servicios PARA EL FINANCIAMIENTO DEL QUEHACER CULTURAL INTRODUCCION Este reglamento tiene el propósito de establecer el conjunto de normas que regirán las determinaciones del Instituto de Cultura Puertorriqueña y del Consejo de Administración del Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer Cultural en los procesos adjudicativos al considerar las solicitudes de fondos y querellas; y ejercer funciones, deberes y facultades que le confieren las leyes y reglamentos aplicables. El Gobierno de Puerto Rico, con el fin de fomentar el desarrollo de las artes y las humanidades, crea el Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer Cultural, para aportar fondos a entidades, artistas y humanistas dedicados al quehacer cultural. El Consejo de Administración del Fondo Puertorriqueño tiene la responsabilidad de asegurar el uso más correcto y eficiente de los fondos públicos que se asignan bajo su custodia para los propósitos antes mencionados. Por lo tanto, se establecen las presentes normas encaminadas a brindar uniformidad en los procedimientos decisionales en las concesiones de subsidios a entidades culturales, artistas y humanistas. 2 FONDO PUERTORRIQUENO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL QUEHACER CULTURAL CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
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