Regl. 5971, art. 9
Subsidios a Entidades Culturales
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Cite as Reglamento Núm. 5971, Art. 9
Toda entidad cultural al momento de radicar su solicitud o propuesta
de subsidio deberá presentar la siguiente información y documentos:
1. Copia del Certificado de Incorporación radicado ante el
Departamento de Estado como entidad sin fines de
lucro
2. Copia de los estatutos de incorporación
3. Estar constituÃda como corporación por un mÃnimo
de tres (3) años anteriores a la solicitud de
subsidio
4. Documentos que evidencien una programación activa
durante los tres a cinco años más recientes
5. Certificación de vigencia corporativa 0 "Good Standing"
del Departamento de Estado
6. Documento donde certifiquen el lugar de operación,
dirección fÃsica y teléfonos
7. Lista certificada por el presidente, de nombres y
direcciones de los miembros que componen la Junta
Directiva de la corporación
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8. Informe de las actividades culturales llevadas a cabo
durante el año anterior
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Copia del estado financiero más reciente (En caso que se
estime pertinente, se requerirá auditado).
10. Documentación relativa a los recursos humanos y
materiales relativos al proyecto
11. Completar la solicitud de fondos en todas sus partes con
una descripción y desglose del presupuesto
especificando las partidas para las que solicita los
fondos
12. Cumplir con los requisitos de pareo establecidos
13. Poseer la Certificación de Promotor de
Espectáculos, en aquellos casos en que las
caracterÃsticas del proyecto a desarrollar asà lo requieran
a tenor con los parámetros establecidos por la Ley
Núm.182 de 3 de septiembre de 1996
14. Cumplir con cualquiera otra ley y norma del Gobierno de
Puerto Rico aplicable en el manejo de fondos públicos y
en la realización de actividades o proyectos con fines
artÃstico culturales
15.
Suplir cualquier otra información que le requiera el
Consejo de Administración del Fondo o el Administrador
General del Fondo en las guÃas aprobadas por el Consejo
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