Regl. 5972, art. 6.1 dup2

Requisitos de Admisión

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Cite as Reglamento Núm. 5972, Art. 6.1 dup2

Todo padre o encargado de uno o más niños que desee beneficiarse de los servicios del Centro deberá: 1. Ser empleado de la Oficina o de cualquier otra agencia, o departamento del Gobierno en la categoría de carrera o confianza, a tiempo completo o con nombramiento transitorio de seis (6) meses o más a tiempo completo. 2. Demostrar que el niño o los niños están bajo su patria potestad o custodia. 3. Demostrar que el niño o los niños que van a matricular cumplen la edad de tres años durante el curso del primer semestre hasta la eligibilidad por ley para entrar al "kindergarten". 5 4. En caso de un empleado que tenga la custodia de un menor o menores de edad, someter copia de la sentencia emitida por el tribunal competente confiriendo la custodia del menor o los menores. 5. En aquellos casos en que el empleado no ostente judicialmente la custodia del menor o los menores, someter una copia certificada de la planilla de contribución sobre ingresos más reciente, en la cual se reclame al menor o a los menores como dependiente(s). 6. Someter los siguientes documentos: a) certificado de salud de no más de una semana de la fecha de ingreso b) certificado de nacimiento original c) certificado de inmunización para ingreso a la escuela P-VAC-3 actualizado d) copia de la tarjeta de seguro social e) dos retratos 2X2 7. Completar la autorización para que cada niño reciba servicios médicos de urgencia. 8. Demostrar que el empleado trabaja a tiempo completo para una agencia o departamento gubernamental y que puede costear los servicios, mediante contrato con la agencia, o mediante pago directo por el empleado. 6
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