Regl. 5977, art. 5-5.2

Constitución y Dirección del Comité

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Cite as Reglamento Núm. 5977, Art. 5-5.2

El Comité estará constituido por los siguientes miembros: a. El Director Ejecutivo o su representante designado, quien presidirá el Comité. 5 b. Dos personas nombradas por el Director Ejecutivo del Instituto de Cultura Puertorriqueña, reconocidas como autoridades en sus respectivas disciplinas. c. El Ayudante del Director Ejecutivo, que estará a cargo de la coordinación del Programa de Becas y que actuará como Secretario del Comité. El Secretario tendrá voz, pero no voto en las deliberaciones del Comité.
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