Regl. 5991, art. 17

Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Seguimiento de Imputados de Delito.

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Cite as Reglamento Núm. 5991, Art. 17

Evaluación de personas en detención preventiva La Unidad de Evualuación y Recomendaciones podrá evaluar a personas que se encuentren recluidas en detención preventiva en los siguientes casos: 1. Cuando a solicitud de parte, mediante recurso de Revisión al Tribunal de la medida de Libertad Provisional impuesta, se solicite un nuevo Informe. 2. Cuando por razones ajenas a la Oficina la persona en detención preventiva no haya sido evaluada con anterioridad. 3. Cuando a solicitud del Tribunal, del Departamento de Corrección y Rehabilitación 0 de la Administración de Corrección se requiera una evaluación de la población sumariada. 4. Cuando por cualquier otra razón fuera necesario practicar una nueva evaluación de personas ya evaluados no liberados por el Tribunal. 40 En los casos antes mencionados y por instrucciones del Director de Área, el Oficial de Evaluación y Recomendaciones se trasladará al Área de Récord Criminal en la institución correccional correspondiente para revisar el expediente criminal de la Administración de Correción para revisar los documentos que allí obran, poniendo particular interés a la información contenida en la hoja denominada Historial Breve del Confinado, con el propósito de obtener un perfil del imputado antes de realizar la Entrevista Inicial. Sujeto a la reglamentación de la Administración de Corrección, el Oficial solicitará entrevistar al sumariado siguiendo los procedimientos establecidos en el Artículo 16 del presente Reglamento. De ser necesario entrevistar familiares, solicitar y verificar referencias o identificar un tercero custodio, el Oficial citará a las referidas personas a la Oficina de competencia para entrevista Si la persona hubiera sido previamente evaluada por la Oficina, se hará una nueva evaluación conducente a un nuevo Informe con un nuevo número control que sustituirá al Informe original.
Regl. 5991, art. 17: Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Seguimiento de Imputados de Delito. | Justis AI