Regl. 2341, art. 1926.31
INCORPORACION POR REFERENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 2341, Art. 1926.31
(a) Las especificaciones, las normas y los códigos de las agencias del Gobierno Federal y las organizaciones que
no sean agencias del Gobierno Federal, en la medida en que legalmente se incorporen por referencia a esta parte,
tienen la misma vigencia y el mismo efecto que otras normas de esta parte. Tales especificaciones, normas y códigos
se podrán verificar en los siguientes lugares:
(1) Offices of the Occupational Safety and Health Administration, U.S. Department of Labor, Railway
Labor Building, Washington, D.C. 20210.
(2) Las oficinas Regionales y de Area de la Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo (Occupational Safety and Health Administration), listadas en el Manual del Gobierno Federal (U.S. Government
Manual) del 1973-74, página 323.
(b) Cualesquier cambios en las especificaciones, normas y códigos incorporados por referencia a esta parte y
un archivo histórico oficial de dichos cambios están disponibles en las oficinas mencionadas en el párrafo (a)
de esta sección. También se deberá referir a estas oficinas si tiene alguna duda en cuanto a la aplicabilidad de
dichos cambios.