Regl. 5991, art. 23 dup2

Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Seguimiento de Imputados de Delito.

Length: 867 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5991, Art. 23 dup2

Desarrollo, Revisión y Modificaciones del Plan Inicial de Supervisión A. Selección de las estrategias de intervención Con la información obtenida de la entrevista social y su verificación se comenzará el proceso de diseño del Plan Inicial de Supervisión. Con base en la puntuación obtenida, de acuerdo con las Guias de puntuación para la determinación de niveles de supervisión, el Oficial seleccionará el nivel de supervisión adecuado para delinear y determinar las actividades dirigidas a darle cumplimiento al plan de condiciones. 55 De modo que se puedan desarrollar las estrategias de intervención previamente seleccionadas por el Oficial, éste deberá desarrollar el Plan Inicial de Supervisión, previo a lo cual determinará si existe alguna limitación que obstaculice el cumplimiento o que pueda interferir con las estrategias de intervención, como por ejemplo, falta de motivación del liberado a participar en programas y la localización geográfica de las institùciones respecto a la accesibilidad a sus-servicios. El plan incluirá actividades de monitoría de cumplimiento con las condiciones de modo que se garantice la comparecencia a los procedimientos y la seguridad de la comunidad. Estas actividades incluirán contactos personales, telefónicos, electrónicos y epistolares, intercambio de comunicación y vigilancia estrecha de las instituciones de tratamiento interno o ambulatorio así como visitas de campo con el propósito de observar las circunstancias y el ambiente que rodean al liberado. Las actividades de libertad provisional sujeta a supervisión electrónica, se regirán por la reglamentación especial aprobada al efecto. B. Revisión del Plan por el Supervisor Regional La responsabilidad primaria sobre la ejecución del Plan Inicial de Supervisión recae sobre el Oficial. No obstante, el supervisor deberá revisar el expediente para asegurarse de que el Oficial haya identificado todas las necesidades del liberado y que haya hecho una selección apropiada de estrategias. Una vez redactado el Plan Inicial de Supervisión, el Oficial lo someterá al Supervisor. Éste deberá revisar todos los documentos contenidos en el expediente, aprobar el Plan Inicial de Supervisión y devolverlo al Oficial con sus recomendaciones, si alguna, dentro de las 24 horas siguientes. Cuando del examen del expediente el Supervisor entendiera que falta algún documento o que las estrategias de intervención no son las adecuadas, discutirá las mismas con el Oficial y le requerirá complete el expediente y /o modifique el Plan Inicial de Supervisión. C. Revisión del Plan de Supervisión por Cambios en las Circunstancias del Liberado 56 Si las circunstancias previas a la aprobación del Plan Inicial de Supervisión se mantuvieran inalterables y el Liberado cumple con las condiciones, no será necesario alterar el Plan Inicial del Supervisión. Si durante las intervenciones del Oficial con el liberado, surgieran cambios en las circunstancias personales o familiares de éste, tales como pérdida de empleo, cambios en la situación familiar o condición de salud que puedan afectar el cumplimiento con las condiciones; si surgiera alguna situación extraordinaria o si a juicio del Oficial, se recomendara una modificación del Plan Inicial de Supervision, el Oficial preparará su supervisor un informe al respecto recomendando un Plan de Supervisión Revisado en el cual incluirá una relación de las siguientes circunstancias: Cambios en condiciones, proceso de cumplimiento del Plan Inicial de Supervisión, ajuste en las actividades de manejo de riesgo y comentarios del Supervisor Regional. D. Situaciones Extraordinarias y Peticiones de Traslado Interno de Supervisión En aquellos casos en que, a juicio del Supervisor, la situación presentada constituyera una extraordinaria, la decisión deberá ser consultada con la Oficina Central. Asimismo deberán someterse por escrito a la Oficina Central para su aprobación por el Director Ejecutivo cuando las recomendaciones para el Plan de Supervisión Revisado requirieran una petición de traslado interno de supervisión ,0 cuando, por motivos de estudio,o por situaciones de emergencia justificada que requieran el traslado del liberado a otra jurisdicción, se recomiende gestionar una supervisión de cortesía. Al enviar el Informe de Situación Extraordinaria, éste deberá acompañarse por la denuncia y la Resolución del Tribunal ordenando la Libertad Provisional. Si, luego de evaluar los méritos de las mismas, el Director Ejecutivo determinara que existe la necesidad de modificar las condiciones impuestas por el Tribunal, ordenará que se someta una petición formal al Tribunal de competencia. E. El Informe de Supervisión y Seguimiento El Oficial deberá mentener en el expediente un informe progresivo de los incidentes de supervisión y seguimiento del liberado que contendrá un acopio de las Hojas de Seguimiento. El mismo tiene el propósito de auxiliar al tribunal a tenor del recurso procesal adecuado, en casos en que fuera necesario determinar si debe o no mantener al liberado bajo custodia luego de una convicción ya sea en libertad 57 provisional en apelación o bajo medidas alternas a la reclusión; informar al tribunal sobre las condiciones de libertad provisional y el cumplimiento del liberado con las mismas; identificar problemas relacionados con factores de riesgo que afectan la libertad provisional; describir las actividades de supervisión utilizadas en la monitoría de condiciones y problemas relacionados con el caso; evaluar el comportamiento en libertad del supervisadò; recomendar la modificación o continuación de la medida de libertad provisional y recomendar si el liberado debe entregarse voluntariamente. De encontrarse culpable al liberado, el Informe sentará las bases para la determinación por la Administración de Corrección de las medidas apropiadas para su tratamiento.
Regl. 5991, art. 23 dup2: Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Procedimientos Uniformes para la Evaluación, Recomendación de Libertad Provisional, Supervisión y Seguimiento de Imputados de Delito. | Justis AI