Regl. 6010, art. 13.2

Requisitos de Elegibilidad de los Estudiantes

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Cite as Reglamento Núm. 6010, Art. 13.2

Las instituciones participantes se asegurarán que cada estudiante a quien se le conceda ayuda económica, a través del Programa de Ayudas Educativas Suplementarias, cumpla con los siguientes requisitos: a. Será ciudadano americano o residente en Puerto Rico, según lo define la Ley. b. Estará matriculado oficialmente en la institución participante y estará cursando estudios en un programa debidamente autorizado por el CESPR o por CGE. Si se trata de una institución 0 de un programa de nivel postsecundario no universitario, el estudiante deberá estar matriculado en un programa que conduzca a un certificado, profesión u oficio de acuerdo a los parámetros establecidos por el Departamento de Educación federal para propósitos de cualificar para los programas de asistencia económica para estudiantes bajo el Título IV del "Higher Education Act of 1965", según enmendado. C. Demostrará su necesidad económica a base del análisis de necesidad económica dispuesto en la reglamentación federal bajo el "Federal Pell Grant Program" del Título IV del "Higher Education Act of 1965", según enmendado. Los fondos disponibles bajo este Programa serán de naturaleza suplementaria, dirigidos a cubrir aquellos costos legítimos de estudio para los cuales no alcanzan las ayudas económicas que reciba el estudiante a través de los programas federales, programas estatales y privados. AI determinarse el monto de las ayudas económicas federales, estatales y privadas, no se incluirán los programas de préstamos ni los de estudio y trabajo. d. Mantendrá un progreso académico que cumpla con los requisitos dispuestos en el "Federal Pell Grant Program" bajo el Título IV del "Higher Education Act of 1965", según enmendado; de tal forma que si el estudiante resulta que ha mantenido el progreso académico ("satisfactory progress") exigido para ese programa federal, también será suficiente para que reciba asistencia bajo el Programa de Ayudas Suplementarias. 8 e. Estará cursando un programa regular de estudios, según dicho término se define en el Título IV del "Higher Education Act of 1965", según enmendado.
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