Regl. 6010, art. 13.3

Asignación de fondos

Length: 167 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6010, Art. 13.3

Los fondos que apruebe el CBAE para el Programa de Ayudas Educativas Suplementarias para el año fiscal correspondiente serán asignados por la Oficina a los estudiantes de las instituciones elegibles de forma proporcional al monto de la matrícula no duplicada de cada institución durante el año anterior, según informado en la "Petición de Fondos radicada por cada institución. Si la cantidad que le correspondiese a una institución resultare ser mayor a la necesidad que ésta haya informado en su "Petición de Fondos", se hará el ajuste correspondiente distribuyendo el sobrante proporcionalmente entre las demás instituciones. Una vez la Oficina le notifique a las instituciones los fondos asignados, éstas deberán remitirle a la Oficina, durante el transcurso de cada uno de sus respectivos períodos académicos, el nombre, dirección, seguro social, programa académico y cuantía a otorgarse a cada estudiante bajo el Programa de Ayudas Educativas Suplementarias. Las instituciones deberán remitirle esta información a la Oficina por medios electrónicos, según las directrices que provea la Oficina a esos efectos.
Regl. 6010, art. 13.3: Asignación de fondos | Justis AI