Regl. 6010, art. 13.4-6

Derogación de normas anteriores

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Cite as Reglamento Núm. 6010, Art. 13.4-6

El Reglamento para la Administración del Fondo Educacional y de las Becas Legislativas, aprobado por el CESPR en su Certificación número 98-042 queda expresamente derogado, así como toda otra disposición reglamentaria, certificación, procedimiento, guía, norma, uso o costumbre u otra acción de efecto normativo que haya sido adoptada por el CESPR o por el CBAE en relación a los programas aquí cubiertos que sea inconsistente con el presente Reglamento.
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