Regl. 6016, art. IV
DEFINICIONES
Cite as Reglamento Núm. 6016, Art. IV
A los fines de interpretación y aplicación de este Reglamento, los siguientes
términos y frases utilizadas tendrán el significado que se establece a continuación:
A. Administrador de Documentos = Funcionario designado por la autoridad
nominadora de cada unidad institucional, a cargo del funcionamiento y
supervisión del Programa de Administración de Documentos de su respectiva
unidad. En la unidad en que no exista este puesto, ejercerá las funciones el
empleado designado a esos fines por la autoridad nominadora de la unidad
institucional correspondiente.
B. Archivo de Documentos Inactivos = Lugar de conservación y
administración de documentos inactivos de cada unidad institucional,
conforme a las disposiciones establecidas en este Reglamento.
C. Archivo General de Puerto Rico = Lugar de conservación y
administración de documentos históricos, públicos o privados, según lo
dispone la Ley de Administración de Documentos de Puerto Rico.
D. Clasificación de Documentos = Proceso de identificar los documentos
que requiere hacer una evaluación del contenido de éstos para determinar
su valor administrativo, fiscal, histórico, esencial, cubierto por legislación o
contrato y tÃtulo de propiedad. Mediante este proceso, se establece el
término de conservación y eliminación del documento.
E. Documento = Información administrativa, fiscal, histórica y esencial
presentada en forma de manuscrito 0 impreso en papel u otro medio que
pueda ser leÃdo y cualquier otro material informativo sin importar su forma o
caracterÃstica fÃsica. Incluye, además aquellos documentos que por ley o
contrato requiere su conservación.
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Certificación Número 040
1998-99
F. Documento Activo = Documento de uso continuo, que requiere estar
disponible en la oficina a la que pertenece.
G. Documento Oficial = Se refiere al documento original de uso oficial para la
institución O la copia que lo sustituye. La copia se designa como documento
oficial cuando, en ausencia de un original, es necesario que la oficina que
tiene mayor relación con el documento la conserve por el término que
establece este Reglamento para evidenciar transacciones realizadas.
H. Documentos Administrativos = Documentos que establecen polÃtica
institucional 0 están relacionados con los procedimientos, funciones,
operaciones administrativas o académicas.
I. Documentos Esenciales = Documentos utilizados para enfrentar
situaciones de emergencia 0 necesarios para la recuperación y restauración
de estructuras fÃsicas, servicios y operaciones de la Universidad.
J. Documentos Fiscales = Documentos utilizados para procesar, registrar,
resumir e informar transacciones financieras de la Universidad, entre los
cuales se incluyen los de recaudaciones, obligaciones 0 desembolsos de
fondos, estados financieros, asignaciones y transferencias de presupuesto,
ayudas económicas a estudiantes, pagos de matrÃcula, etc.
K. Documentos Históricos 0 de valor histórico = Documentos que
evidencian de forma muy amplia, exacta y completa los sucesos ocurridos en
el transcurso del tiempo, relacionados con el desarrollo de la Universidad.
L. Documentos Inactivos = Son documentos oficiales de poco O ningún uso,
los cuales no son necesarios conservar en la oficina a la que pertenecen.
Los mismos serán conservados en el Archivo de Documentos Inactivos de la
unidad institucional correspondiente, conforme a su clasificación y término
de conservación fijado.
M. Duplicados = Copias adicionales de un mismo documento. A estos
documentos se les fijará un término de conservación igual 0 menor que al
documento oficial.
N. Eliminación de Documentos = Proceso a seguir para eliminar
documentos que su término de conservación o utilidad ha concluido.
O. Junta de SÃndicos = Junta de SÃndicos de la Universidad de Puerto Rico.
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Certificación Número 040
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P. Lista de Eliminación = Describe los documentos ubicados en una oficina o
en el Archivo de Documentos Inactivos cuyo término de conservación o
utilidad ha concluido. La preparación de esta lista es esencial para formalizar
los trámites de eliminación de documentos.
Q. GuÃa = GuÃa para la Conservación de Documentos de la Universidad de
Puerto Rico, la cual se incorpora en este Reglamento.
R. Oficina = Cada uno de los decanatos, facultades, departamentos, oficinas,
programas, divisiones 0 secciones a cargo de un decano, director o
supervisor.
S. Reglamento = Reglamento para la Administración, Conservación y
Eliminación de Documentos de la Universidad de Puerto Rico.
T. Series Documentales = Conjunto de documentos relacionados con un
tema, función 0 actividad en particular los cuales son archivados, usados,
transferidos y considerados como uno solo.
U. Término de Conservación = PerÃodo durante el cual se conservarán los
documentos oficiales de acuerdo a la clasificación y su utilidad para la
Universidad.
V. Transferencia de Documentos = Movimiento fÃsico de documentos de un
decanato, facultad, departamento, oficina, división 0 sección al Archivo de
Documentos Inactivos de la unidad institucional.
W. Unidad Institucional = Cada uno de los recintos 0 unidades
administrativas y académicas autónomas existentes o que sean creadas, los
colegios universitarios, tecnológicos y regionales, y aquellas otras unidades
que estén bajo la supervisión directa del Presidente de la Universidad de
Puerto Rico.
X. Universidad = La Universidad de Puerto Rico con todas sus unidades
institucionales y dependencias universitarias.