Regl. 6025, art. 23-18
Normas de Interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 6025, Art. 23-18
Este reglamento se interpretará liberalmente a favor de la
autoridad del Subordenador para reglamentar la Industria de
Pequeños Rumiantes a los efectos de poner en vigor la política
pública y los fines de su articulado.
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A esos efectos, podrá el Subordenador promulgar y adoptar
los planes y medidas necesarios para hacer frente a las variaciones
y condiciones cambiantes de la industria, todo ello con el
propósito de proteger el interés general y la política pública.