Regl. 6025, art. 23-18

Normas de Interpretación

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Cite as Reglamento Núm. 6025, Art. 23-18

Este reglamento se interpretará liberalmente a favor de la autoridad del Subordenador para reglamentar la Industria de Pequeños Rumiantes a los efectos de poner en vigor la política pública y los fines de su articulado. -14- A esos efectos, podrá el Subordenador promulgar y adoptar los planes y medidas necesarios para hacer frente a las variaciones y condiciones cambiantes de la industria, todo ello con el propósito de proteger el interés general y la política pública.
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