Regl. 6030, art. I

INTRODUCCIÓN

Length: 167 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6030, Art. I

Artículo A: Base Legal Este Reglamento se promulga por la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico en virtud de la Ley Núm. 83 del 2 de mayo de 1941, según enmendada, Ley Orgánica de la Autoridad de Energía Eléctrica y de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Artículo B: Propósito Este Reglamento establece las pautas para determinar y requerir, a personas naturales y jurídicas y entidades gubernamentales que tengan proyectos de desarrollo (incluyendo lotificaciones simples), la aportación económica o de mejora correspondiente por los trabajos a ser realizados por la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico o por ellos, debido al impacto que el proyecto represente para el sistema eléctrico. Además, se propone simplificar la norma existente, de manera que el interesado en desarrollar un proyecto tenga los datos suficientes para que se pueda determinar la viabilidad del proyecto y acelerar el proceso de trámite del caso.
Regl. 6030, art. I: INTRODUCCIÓN | Justis AI