Regl. 6044, art. C-12 dup2
Informes y Resultado de Pruebas de Diagnóstico y Tratamiento. El
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Cite as Reglamento Núm. 6044, Art. C-12 dup2
expediente clÃnico deberá contener informes originales escritos, fechados y firmados de
todos los procedimientos y pruebas ordenadas y realizadas durante el servicio ofrecido al
paciente. El informe deberá estar en el expediente dentro de las veinticuatro (24) horas
luego de procesado el mismo. Todos los informes deberán tener identificación del
paciente, y la hora, fecha y firma de la persona que lo redacta. Informes que contengan
resultados fuera de los limites normales deberán estar documentados en la nota de
evaluación o en su lugar deberán ser refrendados.
a.
Informe de Operación. El informe de operación deberá ser escrito O dictado
por el cirujano que realizó el procedimiento, inmediatamente después de la cirugÃa. Este
informe incluirá: una descripción completa y exacta de la técnica utilizada; hallazgos;
diagnósticos pre y post-operatorios; órganos y tejidos intervenidos; tejidos removidos;
prótesis 0 implantes insertados; contaje de esponjas e instrumentos; fecha y hora de
comienzo y terminación de la cirugÃa y de la redacción del informe; y la firma del cirujano
que hace la operación.
b.
Informe de Anestesia. El informe de anestesia se redactará durante el
proceso de la aplicación y mantenimiento de la anestesia. Dicho informe incluirá el
diagnóstico pre-operatorio, tipo de procedimiento; nombre del cirujano, asistentes,
anestesiólogo y anestesista; medicamentos administrados; signos vitales; cambios en la
condición del paciente; dosis y duración de los agentes, drogas, lÃquidos intravenosos y
sangre aplicados; y la fecha, hora y firma del anestesiólogo.
C.
Informe Post-Anestesia. Todo paciente tendrá una visita post-anestesia
realizada por el anestesiólogo. Las observaciones incluirán la condición del paciente y las
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complicaciones, si las hubo. Este informe se realizará dentro de las cuarenta y ocho (48)
horas siguientes a la operación e incluirá la fecha, la hora y la firma del médico que realiza
la visita post-anestesia.
d.
Informe de Tejido. El informe del tejido describirá los hallazgos del examen
macroscópico y microscópico practicado en órganos, tejidos o muestras removidas
durante una intervención quirúrgica. El informe de tejido deberá contener por lo menos,
identificación del paciente; fecha y hora en que se toma la muestra; médico que lo ordena;
diagnóstico patológico; descripción del exámen; firma del patólogo; y la fecha en que se
hace el informe.