Regl. 6044, art. C-12 dup3
Seguridad.
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Cite as Reglamento Núm. 6044, Art. C-12 dup3
a.
Se establecerá un comité de seguridad integrado por miembros de la
administración, representantes de todos los servicios y representantes del personal de
mantenimiento, de transporte y de la oficina de seguridad. El comité se reunirá por lo
menos cada dos (2) meses, o con mayor frecuencia, de ser necesario. Se llevarán
minutas y un registro de asistencia para cada reunión. Habrá un oficial o ejecutivo de
seguridad competente, el cual deberá estar cualificado para ejercer estas funciones, y
poseer liderazgo, asà como conocimientos y adiestramientos sobre seguridad general en
instituciones de salud. Este deberá desarrollar y mantener, junto al resto del personal, un
alto nivel de seguridad institucional. Su descripción de deberes y sus responsabilidades
estarán incluidos en el manual administrativo y manual de seguridad.
b.
Manual de Normas y Procedimientos. El ejecutivo U oficial de seguridad
establecerá, junto al comité de seguridad, un manual de normas y procedimientos para
la implantación del programa de seguridad. Este documento estará firmado por el director
del programa, el administrador y el director ejecutivo de la facilidad. El manual será
revisado anualmente, indicando en el mismo la fecha de revisión.
C.
El manual de seguridad incluirá lo siguiente:
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i.
Organización del programa
ii.
Autoridad
iii.
Funciones del oficial de seguridad
iv.
Funciones y organización del comité de seguridad
V.
Plan de desastre interno, incluyendo fuego, amenaza de bomba,
huelga y cualquier otro tipo de desastre
vi.
Plan de desastre externo en coordinación con las diferentes agencias
estatales que respondan tanto a desastres naturales como a los
provocados por personas.
vii.
Normas sobre seguridad de planta fÃsica
viii.
Sistema de control de vehÃculos de motor
ix.
Control de visitas a la facilidad o institución
X.
Identificación del personal
xi.
Normas de seguridad especÃficas para cada área
xii.
Suministro de agua potable
xiii.
Manejo y almacenamiento de sustancias peligrosas, ya sean lÃquidos
0 gaseosas
xiv.
Disposición y manejo de desperdicios contaminados
XV.
Mantenimiento preventivo del equipo
xvi.
Seguridad eléctrica
xvii.
Sistemas de acondicionadores de aire y ventilación
xviii.
Informes de accidentes e incidentes, incluyendo discusión, análisis
y medidas correctivas.
xix.
Inspecciones mensuales de seguridad, incluyendo procedimientos de
monitoreo.
XX.
Control de materiales y desechos radioactivos.
xxi.
Cuidado y mantenimiento del sistema de rociadores automáticos
("sprinklers").
d.
Toda facilidad hospitalaria tendrá organizado y funcionando un sistema de
vigilancia con personal especialmente adiestrado y capaz de asegurar el bienestar y
seguridad de los pacientes, empleados y visitantes, y de asegurar la propiedad de la
institución. La administración implantará un manual de normas y procedimientos para
esos propósitos.
e.
Se mantendrán informes de accidentes, se realizarán las investigaciones
pertinentes y se recomendarán las acciones correctivas al administrador de
la facilidad.
f.
El Programa de Seguridad de la facilidad deberá formular normas para el
control de tráfico; rotulando los estacionamientos para uso de empleados y
de visitantes.
g.
Identificación de cruce de peatones con rótulos y marcas sobre el pavimento.
h.
Se indicarán con rótulos las entradas y las salidas. Las salas de emergencia
estarán rotuladas con señales visibles desde ambas direcciones.
I.
Los estacionamientos estarán alumbrados adecuadamente. Se indicarán
los estacionamientos a ser utilizados por los pacientes impedidos.
ARTICULO H.
SERVICIOS QUIRURGICOS
Se adopta por referencia lo dispuesto en 42 CFR 482.51, según enmendado, sobre
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servicios quirúrgicos.