Regl. 6044, art. C-1 dup10
Reglamento 99 para reglamentar operación y funcionamiento de facilidades de salud
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Cite as Reglamento Núm. 6044, Art. C-1 dup10
Se adopta por referencia lo dispuesto en 42 CFR 482.42, según enmendado.
Sección
2.
En adición a lo anteriormente expuesto, toda facilidad de salud deberá
cumplir con:
a.
Notificación de infecciones al Departamento de Salud. El programa informará
al Departamento de Salud de las enfermedades de notificación obligatoria, incluyendo:
Amebiasis
Angina de Vincent
Antrax
Botulismo
Brucelosis
Compilobacter
Chancroide
Cólera
Conjuntivitis
Dengue
Difteria
Encefalitis
Escabiosis
Estreptococos, infecciones por, incluye escarlatina
Fiebre amarilla
Fiebre recurrente transmitida por piojos
Fiebre Reumática
-
Filariasis
-
Frambesia Tropical (bubas)
Gastroenteritis
Gonorrea, incluye Oftalmia Neonatal
Granuloma inguinal
HIV Positivo
Hepatitis A
Hepatitis B
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-
Hepatitis no A, no B
-
Hepatitis no especificada
-
Herpes genital
-
Histoplamosis
-
Influenza y Sindrome Gripales
-
Intoxicación alimentaria
-
Lepra (enfermedad de Hansen)
-
Ladillas (Pediculosis Pubis)
-
Leptospirosis
-
Linfogranuloma Venéreo
-
Malaria
-
Meningitis Aséptica
-
Meningitis Meningocócica
-
Meningitis por H. flu
Meningitis, otras bacterianas
-
Monioliasis vaginal
-
Mononucleosis
-
Muermo
-
Parotiditis (Papera)
-
Peste Bubónica, Neumónica, Septicemia
-
Poliomielitis
-
Psitacosis
-
Puerperal, fiebre
PulmonÃa
-
Rabia Humana
-
Salmonelosis
Sarampión Alemán (incluye SÃndrome Sarampión Congénito)
-
Sarampión Común
-
Shigelosis
-
SIDA
SÃfilis
-
Tétanos
-
Tifus Exantemático y transmitido por piojos
-
Tifoidea y Paratifoidea, Fiches
-
Tosferina
Tricomonas Vaginal
-
Triquinosis
-
Tuberculosis
-
Tularemia
-
Uretritis no gonocócica
-
Uretritis no especÃfica
Varicelas
-
Verugas Genitales (Condyloma Acuminate)
-
Brotes no usuales de cualquier enfermedad
Cualquier enfermedad infecciosa no usual
b.
Comité para el Control de Infecciones. La institución nombrará un comité
para el control de infecciones, el cual estará integrado por representantes de diversas
áreas. El presidente del comité será un médico de la institución, el cual será seleccionado
por la Facultad Médica. Las funciones del presidente serán claramente establecidas por
la facultad médica.
C.
Reuniones. El comité se reunirá por lo menos cada dos (2) meses para
analizar los hallazgos identificados previamente y establecer acciones correctivas. Se
evaluarán las infecciones nosocomiales por departamento o servicio y se determinarán
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patrones o tendencias y acciones a tomar.
d.
Identificación de Infecciones. El comité establecerá el proceso para
identificar y vigilar las infecciones en la institución. Se identificarán y vigilarán las
siguientes infecciones sin limitarse a ellos.
i.
Infecciones relacionadas con incisiones quirúrgicas.
ii.
Infecciones ocurridas en unidades de cuidado intensivo.
iii.
Infecciones ocurridas a neonatos.
iv.
Infecciones ocurridas a pacientes con ventilación mecánica; con
alimentación enteral; O con tratamientos y procedimientos invasivos.
V.
Infecciones causadas por organismos resistentes a antibióticos.
vi.
Tuberculosis.
e.
Ambito de acción. El programa de control de infecciones es responsable
de desarrollar, en conjunto con los jefes de los departamentos, las normas y
procedimientos relacionados al control de infecciones en todas las áreas de cuidado y
servicio. Por lo menos, se desarrollarán normas y procedimientos sobre:
i.
Manejo de desperdicios biomédicos.
ii.
Prácticas de aislamiento.
iii.
Esterilización de materiales y equipo.
iv.
Uso profiláctico de antibióticos.
V.
Limpieza y desinfección de pisos y superficies.
f.
Informe de infecciones nosocomiales. El programa mantendrá un registro
de infecciones nosocomiales, de su análisis, y de las acciones tomadas y tendencias
encontradas. La facilidad de salud tomará las medidas necesarias para prevenir o reducir
el riesgo a desarrollar infecciones nosocomiales a pacientes, empleados y visitantes.