Regl. 1240, art. XI
Interpretación de Reglas
Cite as Reglamento Núm. 1240, Art. XI
Cualquier duda con relación a la interpretación de estas
reglas deberá ser sometida al Secretario del Trabajo.
Aprobado hoy, 28 de junio de 1968, con vigencia en
1 de julio de 1968.
(Firmado) ALFREDO NAZARIO
Secretario del Trabajo
Nota:
Aprobado originalmente este Reglamento el 23 de junio
de 1950.
Enmendado: el 28 de septiembre de 1950
el 31 de julio de 1952
el 3 de mayo de 1954
el 28 de junio de 1957
el lro. de julio de 1960