Regl. 6044, art. C-9 dup4

Reglamento 99 para reglamentar operación y funcionamiento de facilidades de salud

Length: 294 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6044, Art. C-9 dup4

Area de Obstetricia a. Las pacientes admitidas al hospital en el proceso de parto serán ubicadas en un área identificada para este propósito. b. El área de obstetricia incluirá: i. Area para entrevista y examen inicial de la paciente. ii. Area para preparación de la paciente. iii. Area para observación y trabajo de parto. iv. Area para parto, incluyendo una para casos contaminados. V. Sala de operaciones. vi. Sala de post-parto inmediato. C. Equipo Mínimo Necesario en Sala de Parto. El equipo médico mínimo será aquel que permita el tratamiento adecuado de cualquier complicación que ocurra en el área. Incluirá, además el equipo necesario para recibir al niño, incluyendo el equipo necesario para resucitar y estabilizar el neonato. d. Identificación del Recién Nacido. Todo niño recién nacido será identificado con el nombre de la madre, siguiendo las normas establecidas para el registro de recién nacidos. Se incluirán las huellas dactilares, de manos y pies, de la madre y del niño. e. Personal Profesional. La Sala de Partos contará con suficiente personal de enfermería profesional para la atención de todas las pacientes en el área. Este personal de enfermería tendrá adiestramiento especial en el manejo de mujeres en trabajo de parto. Estas competencias deberán ser evaluadas anualmente. f. Procedimientos Especiales para las Pacientes de Maternidad i. Se establecerán por escrito los procedimientos a realizarse en el área. Estos procedimientos estarán disponibles para ser consultados por todo el personal profesional. ii. Se establecerán normas sobre el Control de Infecciones en las salas. iii. No se admitirán al área casos cuyo parto hayan ocurrido fuera del hospital bajo condiciones desconocidas para los facultativos del hospital. iv. Se preparará un expediente clínico para cada paciente admitida. V. Los casos contagiosos de mujeres en trabajo del parto serán aislados.
Regl. 6044, art. C-9 dup4: Reglamento 99 para reglamentar operación y funcionamiento de facilidades de salud | Justis AI