Regl. 6044, art. I-7 dup2

Protocolos. Es mandatorio el desarrollar los siguientes protocolos:

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Cite as Reglamento Núm. 6044, Art. I-7 dup2

a. Manejo del paciente adulto y pediátrico en sala de emergencias. b. Manejo del dolor. C. Manejo del paciente expuesto a radiación 0 que estén contaminados con material radioactivo. d. Protocolos para víctimas de violación u otros protocolos semejantes y autorizados por el Centro de Ayuda a Victimas de Violación. e. Abuso de menores. f. Maltrato de envejecientes. g. Pacientes con quemaduras, heridas en las manos, mordeduras de animales, heridas de balas, puñaladas u otros problemas agudos. h. Manejo del paciente en el área de observación. i. Protocolo de sobrevivientes de violación doméstica. j. Manejo de pacientes que lleguen muertos a la Sala de Emergencias. k. Manejo de pacientes bajo los efectos del alcohol, drogas, con trastornos mentales, o casos psiquiátricos. I. Protocolo para manejo, prevención y profilaxis de tétano y rabia. m. Protocolo de intervención con sobrevivientes de agresión sexual.
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