Regl. 6046, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 6046, Art. 2
Se adopta esta Regla con el propósito de establecer el procedimiento que regirá la
acumulación y la exposición de la Reserva de Pérdidas de Seguros Catastróficos, conforme a lo
que dispone el Capítulo 25 del Código de Seguros de Puerto Rico.