Regl. 6046, art. 6

Exposición del excedente para tenedores de pólizas

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Cite as Reglamento Núm. 6046, Art. 6

Nada de lo dispuesto en el Artículo 5 de esta Regla impedirá que el asegurador retenga, con cargo a su excedente para tenedores de pólizas, una cantidad mayor a la porción establecida de conformidad con dicho artículo, siempre y cuando tal cargo no exceda la proporción que tengan las primas netas directas del total de primas netas directas del asegurador.
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