Regl. 2341, art. 1926.858
REMOCION DE CONSTRUCCIONES EN ACERO
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Cite as Reglamento Núm. 2341, Art. 1926.858
(a) Cuando se haya removido los arcos de piso, se deberá proporcionar un entablonado, que cumpla con la
§ 1926.855 (b), para los empleados encargados del desmonte de las armazones de acero.
(b) Las grúas, cabrias y otro equipo para izar utilizado deberán cumplir con los requisitos especificados en la
Sub-parte N de esta parte.
(c) Las construcciones en acero se deberán desmantelar de columna a columna, y piso por piso (las columnas
podrán ser de dos pisos de longitud).
(d) No se deberá sobrecargar ninguna pieza estructural que se esté desmantelando.
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1926.858(d)
1926.859(a)
SEGURI Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES