Regl. 6056, art. IV
DEFINICIONES
Length: 136 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6056, Art. IV
Para propósito de este reglamento, los siguientes términos tendrán los
significados que se expresan a continuación:
A. Junta Organismo creado por disposiciones de la Ley 144, del 22 de
diciembre de 1994, según enmendada, mejor conocida como la "Junta
de Gobierno del Servicio 9-1-1".
B. Director Ejecutivo - Funcionario nombrado de acuerdo a la Ley 144,
del 22 de diciembre de 1994, según enmendada, para la
administración y cumplimiento de los trabajos de la Junta de Gobierno
del Servicio 9-1-1.
C. Oficial Pagador Especial (OPE) Personal de la Junta nombrado por
el Director Ejecutivo, a solicitud de la Directora de Presupuesto y
Finanzas. Este personal podrá efectuar los desembolsos que se le
autoricen en su carta de nombramiento.
Reglamento de pago anticipado de bienes
o servicios a la Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1
Página 2