Regl. 2341, art. 1926.914 dup2

DEFINICIONES APLICABLES A ESTA SUB-PARTE

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Cite as Reglamento Núm. 2341, Art. 1926.914 dup2

(a) "American Table of Distances" conocida también como "Quantity Distance Tables' Equivale a la American Table of Distances for Storage of Explosives, según revisada y aprobada por el Institute of the Makers of Explosives, 5 de junio de 1964. (b) Instalación aprobada para el almacenamiento-Instalaciones para almacenamiento de materiales explosivos, las cuales cumplan con los requisitos de esta parte y se autoricen mediante una licencia o un permiso expedidos en virtud de la autoridad del Internal Revenue Service. (véase 26 CFR Parte 181). (c) Area de detonación-Area donde se realizan operaciones de carga y detonación de explosivos. (d) Dinamitero-Persona 0 personas autorizadas a usar los explosivos para propósitos de detonación y que reúnen las calificaciones contenidas en la Sección 1926.901. (e) Agente detonante-Se considera un agente detonante cualquier material o mezcla que consista en un combustible y oxidador, pero que, al igual que ninguno de sus ingredientes, no está clasificado como explosivo; esto sujeto a que el producto (mezclado) suministrado; cuando esté encerrado, no pueda detonarse con un casquillo detonador de prueba núm. 8. Uno de los agentes detonantes comunes, utilizados en la actualidad, es la mezcla de nitrato amónico (NH4 N03) y combustibles carbonosos, tales como aceite o carbón combustible, y se pueden conseguir premezclados en la compañias de explosivos o mezclarse en el campo de trabajo. (f) Casquillo detonador*-Tubo metálico, cerrado en un extremo, que contiene una carga de uno 0 más compuestos detonantes, designado y con capacidad para detonar con chispas o flamas que procedan de una mecha de seguridad insertada y arraigada fijamente en el extremo abierto. (g) Fragmentación de rocas por explosión-Rotura de rocas mediante la detonación de una carga de explosivos, que se haya introducido en un barreno. (h) Transportador-Cualquier unidad utilizada para transportar explosivos o agentes detonantes, incluso, pero sin limitarse a, camiones, remolques, furgones, barcazas y navios. (i) Cordón detonante-Un cordón flexible que contiene un alma central de explosivos potentes que, al detonarse, tengan fuerza suficiente para detonar otros explosivos de fulminante con los cuales esté contacto. * Fulminante 1926.914(i) 218 SEGURIDAD Y SALUD EN RABAJO 1926.914(i) NORMAS E INTERPRETACIONES (j) Detonador-Casquillos detonadores, detonadores eléctricos, casquillos detonadores eléctricos de acción retardada y casquillos detonadores aneléctricos de acción retardada. (k) Detonador eléctrico--Casquillo detonador designado para y capaz de producir detonación mediante corriente eléctrica. (I) Circuitos de detonación eléctrica- (1) Alambre colector-Alambre desechable, que se puede usar paralelamente o en serie, en circuitos paralelos, a los cuales se conectan los alambres de los detonadores eléctricos. (2) Alambre conector-Alambre revestido desechable, usado entre los detonadores eléctricos y los conductores principales, O entre el alambre colector y los conductores principales. (3) Conductor principal-Alambre revestido usado entre la fuente de energia eléctrica y el circuito de detonadores eléctricos. (4) Alambre detonador permanente-Alambre revestido, montado de manera permanente, utilizado entre la fuente de energia eléctrica y el circuito de detonadores eléctricos. (m) Casquillos Detonadores eléctricos de acción retardada-Casquillos diseñados para detonar, en un intervalo de tiempo prefijado, después de aplicar energia eléctrica al sistema de ignición. (n) Explosivos- (1) Cualquier compuesto, mezcla o artefacto, cuyo propósito primario o común sea funcionar mediante explosión, es decir con liberación sustancialmente instantánea de gas y calor, a menos que dicho compuesto, mezcla o artefacto esté especificamente clasificado de otra manera por el U.S. Department of Transportation. (2) Todo material clasificado, como explosivo Clase A, Clase B y Clase C, por el U.S. Department of Transportation. (3) La clasificación de esplosivos del U.S. Department of Transportation, es como sigue: Esplosivos Clase A. Contienen detonadores peligrosos, tales como dinamita, nitroglicerina, ácido picrico, azida de plomo, fulminato de mercurio, pólvora negra, casquillos y cartuchos detonadores. Esplosivos Clase B. Presentan peligros de inflamabilidad, tales como los explosivos propulsores, incluso algunos propulsores sin humo. Explosivos Clase C. Incluye tipos de artículos que contienen, como componentes, explosivos de la Clase A o Clase B, o ambos, pero en cantidades limitadas. (o) Encendedores de mechas--Artefactos especiales para encender la mecha de seguridad. (p) Polvorin-Cualquier edificio o estructura, que no sea un edificio de fabricación de explosivos, utilizado para almacenar explosivos. (q) Mechazo-Carga explosiva que no logra detonar. (r) Apisonamiento con lodo-(En ocasiones se conoce como nivelación, detonación en arcilla o voladura en ba- по.) La voladura de peñones, utilizando una cantidad de explosivos colocados junto a una roca, peñón u otros objeto, sin encerrar los explosivos dentro de un barreno. (s) Casquillos detonadores aneléctricos de acción retardada-Casquillo detonador con elemento integral de tiempo y capaz de detonar mediante un impulso o señal detonadora, precedente de un cordón detonante en miniatura. (t) Detonación primaria-Operación de detonación por la cual se desaloja la formación rocosa original de su ubicación natural. * 219 1926.914(t) Fulminante 1926.914(u) SEGURI Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (u) Cartucho-Recipiente de explosivos, en el cual se inserta o se une un detonador o cordón detonante. (v) Mecha de seguridad--Cordón flexible que contiene un mecanismo de combustión interna, mediante el cual se conduce fuego, a un ritmo continuo y uniforme, para detonar los casquillos detonantes. (w) Detonación secundaria-Uso de explosivos para reducir material de un tamaño demasiado grande al tamaño necesario para manejo. Incluye apisonamiento con lodo y fragmentación de rocas por explosición. (x) Apisonamiento-Material O artefacto apropiado, combustible e inerte, utilizado para encerrar o aislar explosivos en un barreno, o para cubrir explosivos durante el apisonamiento con lodo. (y) Ensanchamiento por explosión--Creación de un bolsillo en el fondo de un barreno, utilizando una cantidad moderada de explosivos, para poder insertar mayor cantidad de explosivos en el mismo. (z) Gelatina acuosa 0 explosivos de suspensión acuosa-Amplia gama de materiales utilizados para detonaciones. Todos contienen proporciones sustanciales de agua y proporciones altas de nitrato amónico, algunas de las cuales están en soluciones acuosas. Dos clases abarcadoras de gelatinas acuosas son: (1) las sensibilizadas por algún material clasificado como explosivo, tal como TNT o pólvora sin humo; y (2) las que no contienen ingredientes clasificados como explosivos; éstas se sensibilizan con metales, tal como aluminio o con otros combustibles. Las gelatinas acuosas se podrán pre-mezclar en una planta de explosivos, o se podrán mezclar en el área de trabajo inmediatamente antes de vertirlas en el barreno. 1926.914(z) 220 SEGURIDAD Y SALUD EN EL BAJO Sub-parte V NORMAS E INTERPRETACIONES SUB-PARTE V--TRANSMISION Y DISTRIBUCION DE ENERGIA
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