Regl. 2341, art. 1926.955
LINEAS AEREAS
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Cite as Reglamento Núm. 2341, Art. 1926.955
(a) Lineas aéreas.
(1) Al trabajar en o con lÃneas aéreas, se deberá cumplir con las disposiciones de los sub-párrafos (2) a (8),
inclusive, de este párrafo, y con las otras disposiciones de esta sub-parte.
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL
BAJO
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NORMAS E INTERPRETACIONES
(2) Antes de subir a postes, escaleras portátiles, andamios u otras estructuras elevadas, se deberá hacer
una inspección para determinar si las estructuras pueden sostener las fuerzas adicionales 0 desequilibradas a
las que se someterá a las mismas.
(3) Donde la subida a postes o estructuras pueda resultar insegura, no se deberá subir a los mismos hasta
tanto se hagan seguros mediante vientos, riostras u otros medios adecuados.
(4) Antes de instalar o quitar alambres, se deberá condiderar los esfuerzos a los cuales se someterán los
postes y las estructuras, y se deberá tomar la acción necesaria para evitar fallas en las estructuras de apoyo.
(5)
(i) Al colocar, mover o quitar postes mediante el uso de grúas, grúa fija*, guÃas fijas de poste, guÃa fija
Tipo A u otro equipo mecanizado, cerca de lineas o equipo energizados se deberá tomar precauciones
para evitar contacto con los mismos, salvo en trabajos realizados en lÃneas vivas sin usar guantes aisladores O donde se usen barreras o aparatos de protección.
(ii) El equipo y la maquinaria que opere cerca de lineas o equipo energizados, deberá cumplir con la
§ 1926.952(c)(2).
(6)
(i) Los empleados que trabajen parados sobre el suelo deberán evitar contacto con el equipo o la maquinaria que se esté operando adyacente a lineas o equipo energizados para el voltaje implicado.
(ii) El equipo de izar se deberá interconectar a una conexión a tierra efectiva o deberá considerarse
energizado y barricarse cuando se utilice cerca de equipo o lÃneas energizadas.
(7) Los hoyos para postes no se deberán dejar desatendidos o sin protección, en áreas donde estén trabajando los empleados.
(8) Cuando las cuerdaguÃas se usen cerca de lÃneas vivas deberán ser del tipo que no conduce corriente.
(b) Construcción de torres de metal.
(1) Cuando se trabaje en terreno inestable, la excavación para zapatas cimentadas o zapatas sobre pilotes,
cuya profundidad exceda de 5 pies, deberá estar inclinada hacia el ángulo de reposo, según requerido en la
§ 1926.652, o deberá estar apuntalada si es necesario entrar a la misma. Se deberá suministrar escaleras
portátiles para el acceso a excavaciones con zapatas cimentadas o zapatas sobre pilotes cuya profundidad
exceda de 4 pies.
(2) Cuando se trabaje en terreno inestable se deberán tomar medidas para limpiar las bases tipo barrena sin
requerir que un empleado entre a las mismas, a no ser que se use apuntalamiento para proteger a dicho
empleado.
(3)
(i) Se deberá usar un empleado designado para dirigir el equipo móvil que esté adyacente a excavaciones
para zapatas.
(ii) No se deberá permitir que persona alguna permanezca en la base mientras el equipo se coloca para
fijarlo.
(iii) El área donde se usará el equipo móvil se deberá nivelar o igualar, donde sea necesario, para
garantizar la estabilidad del mismo.
(4)
(i) El montaje de torres se deberá efectuar con una exposición minima de los empleados a objetos que
caigan cuando éstos trabajen a una altura de dos o más niveles en una torre.
(ii) Se deberán usar vientos según sea necesario, para mantener en posición las secciones o partes de
secciones y reducir la posibilidad de que se vuelque la torre.
(iii) Las piezas y secciones que se monten se deberán sujetar adecuadamente.
(5) Al montar o instalar torres, se deberá cumplir con las disposiciones de las subdivisiones (i), (ii) y (iii) de
este sub-párrafo:
*Cabria (derrick)
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1926.955(b)(5)
SEGURI
Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(i) La construcción de torres de transmisión y la instalación de postes, maquinaria de izar, maquinaria
para preparar el lugar de trabajo y otros tipos de maquinaria, deberán estar de acuerdo con los requisitos
aplicables de esta parte.
(ii) No se deberá permitir que persona alguna se pare debajo de una torre que esté en proceso de construcción o montaje, excepto de ser necesario para acomodar y asegurar la sección a colocarse.
(iii) Cuando se construyan torres mediante el uso de equipo de izar, cerca de lÃneas de transmisión energizada,se deberá des-energizar dichas lineas. De no hacerse esto, se deberá tomar precauciones extraordinarias para mantener las distancias minimas de seguridad, requeridas en la § 1926.950 (c), incluso
la Tabla V-1.
(6)
(i) Las grúas de erección se deberán colocar sobre bases niveladas y firmes, y deberán usar soportes
cuando estén equipadas de este modo.
(ii) Se deberá utilizar cuerdaguias para controlar las secciones de la torre que se estén levantando y
colocando, salvo donde el uso de tales cuerdas podrÃa crear un riesgo mayor.
(iii) El cable de izar no se deberá separar de la sección de la torre hasta tanto se asegure adecuadamente
dicha sección.
(iv) La instalación se deberá descontinuar en caso de que haya vientos fuertes u otras condiciones
climáticas adversas, excepto durante los procedimientos de restauración de emergencia.
(v) El equipo y los aparejos deberán inspeccionarse regularmente y mantenerse en condiciones seguras
de funcionamiento.
(7) Se deberá mantener un control adecuado del tráfico al cruzar con equipo por autopistas y ferrocarriles, según requerido en las disposiciones de la § 1926.200 (g) (1) y (2).
(8) Un empleado designado deberá constatar que se haya mantenido la distancia de seguridad requeridas al
mover equipo debajo o cerca de lÃneas energizadas.
(c) Tendido 0 remoción de conductores des-energizados.
(1) Al tender o remover conductores des-energizados, se deberá cumplir con las disposiciones de los sub-párrafos
(2) al (12) inclusive, de este párrafo.
(2) Antes de efectuar operaciones de tendido, se deberá llevar a cabo una reunión para establecer el plan de
operación, y especificar el tipo de equipo a usarse, los aparatos y procedimientos de conectar a tierra a seguirse,
métodos de cruce de conductores a emplearse y la autorización requerida para la distancia de seguridad.
(3) Donde exista la posibilidad de que el conductor entre accidentalmente en contacto con un circuito energizado, 0 reciba un aumento peligroso de corriente inducida, se deberá conectar a tierra el conductor que se
vaya a instalar O quitar o tomar medidas para aislar o apartar al empleado, para asi proteger mejor a éste contra
los peligros del conductor.
(4)
(i) Si se des-energiza la linea existente, se deberá garantizar la autorización adecuada de distancias de
seguridad, y se deberá conectar a tierra la linea a ambos lados del cruce de conductores, o se deberá
considerar y trabajar la linea tendida o removida como energizada.
(ii) Al cruzar sobre conductores energizados con más de 600 voltios, se deberán instalar redes de cuerda
o estructuras de protección, a menos que se tomen medidas para apartar o aislar al trabajador O el
conductor energizado. Donde sea factible, se deberá hacer inoperante el dispositivo automático de
re-conexión del interruptor del circuito. Además, la linea que se esté tendiendo se deberá conectar a
tierra en cualesquiera de los lados del cruce, o se deberá considerar y trabajar como que está energizada.
1926.955(c)(4)(ii)
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SEGURIDAD Y SALUD EN El
ABAJO
1926.955(c)(5)
NORMAS E INTERPRETACIONES
(5) Los conductores tendidos o removidos se deberán mantener bajo control efectivo por medio de carretes tensores adecuados, estructuras de protección, lineas de conexión u otros medios para evitar contacto
accidental con circuitos energizados.
(6) Las piezas de la estructura de protección deberán ser sólidas, y de dimensión y resistencia adecuadas, y
estar apoyadas de modo adecuado.
(7)
(i) Los anclajes, los aparejos y los tornos de izar deberán tener suficiente capacidad para evitar pérdida
de las lineas.
(ii) No se deberá sobrepasar la carga calculada por el fabricante para lineas tendidas, lineas de tracción,
conexiones huecas y todo equipo y accesorio de carga.
(iii) Las lÃneas de tracción y los accesorios deberán inspeccionarse con regularidad, y remplazarse O repararse cuando estén deteriorados O cuando sea dudosa su seguridad. No deberán aplicar las disposiciones
de la § 1926.251 (c) (4) (ii) (concemiente a empalmes).
(8) Las grapas de conductores no se deberán usar en los cables, a no ser que estén diseñadas para esta
aplicación.
(9) Mientras se hale el conductor O la linea de tracción (en movimiento), no se deberá permitir que los empleados estén directamente debajo de operaciones en lugares altos, ni se deberá permitir a ningún empleado
en la traviesa.
(10) Una brigada de regar alambres de transmisión deberá tener un minimo de dos estructuras atesadas entre
la brigada y el conductor que se esté tendiendo. En todo momento, las brigadas que riegan y las que instalan
alambres deberán trabajar entre conexiones a tierra al trabajar en conductores desnudos. Las conexiones a
tierra deberán permanecer intactas hasta tanto se atesen los conductores, excepto en estructuras sin corriente.
(11)
(i) Los trabajos realizados desde estructuras, excepto durante el proceso de restauración, se deberán
descontinuar cuando el clima adverso (tal como viento fuerte o hielo excesivo en las estructuras) haga el
trabajo peligroso.
(ii) Las operaciones de regado e instalación se deberán descontinuar durante el desarrollo de una tormenta eléctrica en la vecindad inmediata.
(12)
(i) El equipo de manejo de carretes, incluso las máquinas de halar y las de frenar, deberá tener suficiente
capacidad, operar fácilmente y estar nivelado y alineado conforme a las instrucciones de operación del
fabricante.
(ii) Se deberá proveer medios de comunicación eficientes entre el encargado del carrete y el operador
del equipo de halar.
(iii) Cada tirón se deberá amarrar o anclar en ambos extremos antes de realizar los tirones subsiguientes.
(d) Operaciones de tendido cerca de lineas energizadas.
(1) Antes de tender en paralelo a una linea existente de transmisión energizada, se deberá determinar de
manera competente si ocurrirán aumentos peligrosos de voltaje inducido, particularmente durante condiciones
de conmutación y de pérdida a tierra. Cuando exista la posibilidad de que haya tal voltaje inducido peligroso,
el patrono deberá cumplir con las disposiciones de los sub-párrafos (2) a (9) inclusive de este párrafo, además
de las disposiciones del párrafo (c) de esta § 1926.955, a no ser que la linea se trabaje como energizada.
(2) Al tender cerca de lineas energizadas, se deberá usar el método de tendido por tracción u otros métodos
que excluyen el contacto involuntario entre las lÃneas y algún empleado.
(3) Todo equipo de halar y tensar se deberá apartar, aislar o conectar a tierra de manera efectiva.
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1926.955(d)(3)
1920.
SEGUE
DY SALUI TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(4) Se deberá hacer una conexión a tierra entre la instalación del carrete tensor y la primera estructura, de
modo que, durante las operaciones de tendido, se conecte a tierra cada conductor desnudo conductor secundario y conductor aéreo de conexión a tierra.
(5) Durante operaciones de tendido, cada conductor desnudo, conductor secundario y conductor aéreo de
conexión a tierra se deberá conectar a tierra en la primera torre adyacente al sistema de tensar y de halar, y
on aumentos de modo que ningún punto quede a más de 2 millas de una conexión a tierra.
(i) Las conexiones a tierra se deberán dejar en su lugar basta tanto se complete la instalación del conductor.
(ii) Dichas conexiones a tierra se deberán quitar como la última fase de remoción de aislación.
(iii) Las conexiones a tierra salvo las que sean del tipo movible, se deberán colocar y remover con una
vara aisladora.
(6) Los conductores, conductores secundarios y conductores aéreos de conexión a tierra, se deberán conectar a tierra en todos los extremos sin corriente o punto de derivación.
(7) Se deberá colocar una conexión a tierra a cada lado y a 10 pies de las áreas de trabajo donde los conductores, conductores secundarios y conductores aéreos de conexión a tierra estén empalmados al nivel del
suelo. Los dos extremos a empalmarse, se deberán interconectar eléctricamente. Se recomienda que se lleve a
cabo el empalme sobre una plataforma aislada, o bien, sobre una alfombra metálica conductora, interconectada eléctricamente a ambas conexiones de tierra. Cuando se use una alfombra conductora se recomienda que
se cerque la misma con cuerdas y se provea un pasillo aislado para acceso a la misma.
(8)
(i) Todo conductor, conductor secundario y conductor aéreo de conexión a tierra, se deberá interconectar eléctricamente a la torre, en cualquier torre apartada donde podria ser necesario terminar un
trabajo en la linea de transmisión.
(ii) Los trabajos en torres de ancladas deberán requerir conexión a tierra en todas las lÃneas des-energizadas.
(iii) Las conexiones a tierra se deberán quitar tan pronto se complete el trabajo: siempre que, no se
deje abierto el circuito de la lÃnea en la torre apartada donde se haya completado el trabajo.
(9) Cuando se realicen trabajos desde las estructuras, las brigadas de regado y todos los demás que trabajen
en conductores, conductores secundarios y conductores aéreos de conexión a tierra, deberán estar protegidos
mediante conexiones a tierra individuales, instaladas en todo lugar de trabajo.
(e) Trabajos en lineas energizadas sin usar guantes aisladores.
Además de las normas aplicables contenidas en cualesquiera otras secciones de esta sub-parte, todo trabajo en
lineas vivas sin usar guantes aisladores se deberá realizar conforme a los requisitos siguientes:
(1) Se deberá instruir y adiestrar a los empleados en cuanto a la técnica de trabajar en lÃneas vivas sin usar
guantes aisladores y los requisitos de seguridad pertinentes a la misma, antes de permitir que usen la técnica
en circuitos energizados.
(2) Antes de usar dicha técnica en conductores o partes energizados de alio voltaje, se deberá efectuar una
revisión de:
(i) El voltaje máximo de servicio del circuito en el cual se habrá de realizar el trabajo.
(ii) Los márgenes de seguridad para la conexión a tierra de lineas y otras partes con corriente en las
que se habrá de realizar el trabajo.
(iii) Las limitaciones de voltaje del equipo de izar aéreo anticipado para usarse.
(3) Sólo se deberá usar equipo diseñado, probado y propuesto para trabajos en lineas energizadas, sin usar
guantes aisladores.
(4) Todo trabajo deberá ser personalmente supervisado por una persona adiestrada y calificada para realizar
trabajos en lÃneas energizadas sin usar guantes aisladores.
(5) El dispositivo automático de re-conexión de los interruptores del circuito, se deberá hacer inoperante,
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NORMAS E INTERPRETACIONES
donde sea factible, antes de trabajar en cualesquiera lineas 0 equipo con energizados.
(6) No se deberá efectuar trabajos durante el desarrollo de una tormenta eléctrica en la vecindad inmediata.
(7) Se deberá proporcionar un canasto con revestimiento conductor u otro dispositivo conductor apropiado,
para interconectar eléctricamente el aparato aéreo aislado con la linea o el equipo energizados.
(i) El empleado se deberá conectar al revestimiento conductor del canasto por medio de zapatos conductores, pinzas de contacto para piernas u otros medios apropiados.
(ii) Cuando sea necesario, se deberá proporcionar apantallado electrostático para el voltaje en que se esté
trabajando, O ropa conductora.
(8) Sólo se deberán usar herramientas y equipo propuestos para trabajos en lineas energizadas sin usar guantes
aisladores y tales herramientas y equipo se deberán mantener limpios y secos.
(9) Antes de elevar el aguilón, se deberá extender y ajustar los estabilizadores del camión jirafa, y la caja del
camión deberá interconectarse eléctricamente a la tierra, o barricarse y considerarse como equipo energizado.
(10) Antes de mover la jirafa a la posición de trabajo, se deberá revisar y probar todos los controles (nivel
del suelo y el canasto) para determinar si están en condiciones de trabajo apropiadas.
(11) Las pruebas de corriente en el brazo, se deberán hacer cada dÃa antes de comenzar a trabajar, en el
transcurso del dÃa cada vez que se vaya a trabajar con alto voltaje, y cuando un cambio en las condiciones
indique que existe la necesidad de pruebas adicionales. Los canastos usados para trabajo en lÃneas vivas sin
usar guantes aisladores se deberán someter a una prueba en cuanto a corriente en el brazo. Esta prueba deberá
consistir en poner el canasto en contacto con una fuente de energia que iguale el voltaje en que se vaya a
trabajar durante un tiempo minimo de tres (3) minutos. La corriente de descarga espontánea no deberá
exceder de un microamperio por cada kilovoltio de voltaje nominal de linea a lÃnea. Los trabajos se deberán
suspender tan pronto haya un indicio de mal funcionamiento en el equipo.
(12) Todas las jirafas a usarse en trabajo en lineas vivas sin usar guantes aisladores, deberán tener controles
dobles (inferior y superior), según requerido en las subdivisiones (i) y (ii) de este subpárrafo.
(i) Los controles superiores deberán estar accesibles al empleado que esté en el canasto. De usarse un
elevador de dos canastos, el acceso a los controles deberá estar a corta distancia de cualquiera de los
canastos.
(ii) La serie inferior de controles se deberá colocar cerca de la base del aguilón, lo que permitirá que
se contrarreste la operación del equipo en cualquier momento.
(13) Salvo en caso de emergencias, el control del elevador a nivel del suelo no se deberá operar, a menos que
se obtenga permiso del empleado en el canasto.
(14) Antes de que el empleado entre en contacto con la parte energizada en la que se habrá de trabajar, el
revestimiento conductor del canasto se deberá interconectar eléctricamente con el conductor energizado, por
medio de una conexión efectiva, la cual permanecerá unida a dicho conductor hasta tanto se complete el
trabajo en el circuito energizado.
(15) Las distancias minimas de seguridad para trabajos en lineas vivas sin usar guantes aisladores, deberán
ser según especificado en la Tabla V-2. Dichas distancias se deberán mantener desde todo objeto conectado a
tierra y desde lÃneas y equipo cuyo voltaje sea diferente al que está interconectado eléctricamente el canasto
aislado, a no ser que tales objetos u otras lineas y equipo se cubran mediante protectores aislantes. Estas
distancias se deberán mantener al acercarse a, alejarse de y al estar interconectado eléctricamente al circuito
energizado.
*Puntal
233
1926.955(e)(15)
SEGUR
Y SALUD EN El TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
DISTANCIAS MINIMAS DI SEGURIDAD
PARA TRABAJOS EN LINEAS VIVAS SIN USAR GUANTES AISLADORES
(CORRIENTE ALTERNA)
Gradación del voltaje en
Distancias en pies y pulgadas
Kilovoltios (de fase a fase)
para el voltaje máximo
de fase a tierra
de
fase
2
fase
2.1-15
2'0"
20"
15.1-35
2'4"
2'4"
35.1-46
2'6"
2'6"
46.1-72.5
3'J"
3'0"
72.6-121
3'4"
4'6"
138-145
3'6"
5'0"
161-169
3'8"
5'6"
230-242
5'0"
8'4"
345-362
17'0"
113'4"
500-552
'11'0"
120'0"
700-765
15'0"
131'0"
Nota: Para 345-362 kvs. 500-522 kvs. y 700-765 kvs. se podrá reducir la distancia
minima de seguridad. siempre que las distancia no se tornen menores que ia distancia
más corta entre la parte energizada y la superficie conectada 2 tierra.
(16) Al acercarse a, alejarse de O al estar interconectado eléctricamente con el circuito energizado se deberá
conservar las distancias minimas de la Tabla V-2, entre las piezas del sistema aislado del aguilón y toda pieza
conectada a tierra (incluso el brazo y las partes inferiores del camión).
(17) Cuando se coloque el canasto a lo largo de un manguito energizado 0 una cadena de aisladores, se
mantendrán las distancias de seguridad minimas de fase a tierra de la Tabla V-2, entre las piezas del canasto
y el extremo conectado a tierra del manguito o de la cadena de aisladores.
(18)
(i) Se prohibe el uso de cables de mano entre los canastos, los aguilones y la conexión a tierra.
(ii) En el canasto no se deberá colocar ningún material conductor que sea de 36 pulgadas de largo,
salvo los cables de puenteeléctrico de longitud adecuada, las varillas blindadas y las herramientas.
(iii) Los cables de mano que no sean conductores, se podrán usar de linea a tierra cuando éstos no estén
sostenidos por el canasto.
(19) El canasto y el aguilón superior aislado no se deberán sobrecargar al tratar de levantar o sostener pesos
que excedan los calculados por el fabricante.
(20)
(i) Se deberá imprimir una tabla de las distancias minimas de seguridad (según indicadas en la tabla
V-2) en una placa de material duradero que no sea conductor, y la mismase deberá montar en los canastos
o cerca de éstos, de manera que estén visibles para el operador del aguilón.
(ii) Se recomienda que se use varas aisladas de medir para verificar las distancias de seguridad.