Regl. 6058, art. 5-5.8 dup2
CAMBIOS DE DEBERES, RESPONSABILIDADES O
Cite as Reglamento Núm. 6058, Art. 5-5.8 dup2
AUTORIDAD
El Director Ejecutivo, en el uso juicioso de su discreción, podrá disponer
cambios en los deberes, responsabilidades o autoridad de los puestos cuando lo
estime necesario O conveniente, sin que esto conlleve necesariamente la
reclasificación del puesto. En estos casos los nuevos deberes, autoridad y
responsabilidades deberán ser afines con la clasificación del puesto afectado.