Regl. 6058, art. 9-9.7 dup2
HISTORIALES DE ADIESTRAMIENTOS E INFORMES
Cite as Reglamento Núm. 6058, Art. 9-9.7 dup2
1.
Historial en Expedientes de Empleados
La Administración mantendrá en el expediente de cada uno
de sus empleados un historial de los adiestramientos en que éstos
participen, el cual podrá ser utilizado como una de las fuentes de
referencia cuando se vaya a tomar decisiones relativas a ascensos,
traslados, asignaciones de trabajo y otras acciones de personal. El
historial de adiestramiento del empleado podrá incluir evidencia de
participación por iniciativa propia, en cualquier actividad educativa
reconocida.
2.
Historiales de Actividades
La Administración mantendrá historiales de las actividades de
adiestramientos celebradas, evaluaciones de las mismas y personas
participantes, para fines de la evaluación de sus respectivos
programas de adiestramientos y desarrollo.
3. Informes
Anualmente la Administración enviará al Instituto un informe
sobre las actividades de adiestramientos celebradas durante el año
fiscal. El mismo deberá contener la información necesaria sobre el
volumen y clases de adiestramientos ofrecidos, los gastos incurridos
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en adiestramientos y el número de participantes, para fines de
medición de la actividad global de adiestramiento y desarrollo del
personal en el servicio público.